El cabeza de la candidatura Podemos Unidos lleva su exclusión a los tribunales

Enric Martínez, cabeza de la candidatura Podemos Unidos y excluido de las elecciones de Podemos a su Secretaría General en Cataluña, denunciará hoy dicha exclusión ante el decanato de primera instancia de Barcelona por vulneración de los derechos fundamentales y de los procedimientos establecidos por el propio partido.

Martínez pide, a través de un escrito al que tuvo acceso Servimedia, «juicio ordinario sobre tutela civil de derechos fundamentales» contra Podemos y solicita «que se declare la nulidad de pleno derecho» la no validación, por la Comisión estatal de Garantías Democráticas del partido, de su candidatura al proceso de elección de órganos internos autonómicos.

Este órgano de la dirección del partido de Iglesias está compuesto íntegramente por miembros de la candidatura Claro que Podemos, que se impuso en la asamblea fundacional de esta fuerza política en octubre y noviembre de 2014.

La Comisión emitió un acuerdo de «no validación» de la candidatura de Martínez, en virtud de un «expediente sancionador» que se le abrió tras denuncias de algunos militantes del partido en Cataluña, pero para la defensa dichas denuncias no pueden bastar para considerar «comportamientos acreditados» los objetos de denuncia.

Además, la defensa de Martínez alega que «dicho expediente sancionador está, al parecer, pendiente de trámite» y «no se ha dictado resolución firme que lo termine».

Por otra parte, la demanda señala que el requisito de que no haya una validación negativa por la Comisión de Garantías para que un candidato formule su candidatura no se incluye en el Reglamento para la Elección de Órganos Autonómicos, ni en el equivalente para Órganos Estatales de Podemos.

El escrito subraya que «de ninguna manera» Martínez ha tenido comportamientos orientados a menoscabar infundadamente la reputación de otros candidatos, otra de las alegaciones de la Comisión para excluirle de la votación a secretario general de Podemos en Cataluña.

Finalmente, la demanda indica que hay reiterada doctrina del Tribunal Supremo que establece que «la potestad organizativa de los partidos políticos tiene como límite el respeto a la legislación vigente y a sus propias normas, estatutos y reglamentos, y que cualquier decisión del partido que los contravenga es nula de pleno derecho».

SERVIMEDIA