El Consorcio protegerá a todos los vehículos asegurados en caso de catástrofe

Es un proyecto de Orden Ministerial que se aprobó a principios de noviembre

El Ministerio de Economía extenderá a partir del próximo mes de julio las indemnizaciones que paga el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) en caso de daños por inundaciones o terremotos a todos los vehículos con seguro y no sólo a los que lo tengan contratado a todo riesgo, como hasta ahora.

Fuentes de Economía y del propio CCS han confirmado a EFE esta iniciativa, que se recoge en un proyecto de Orden Ministerial aprobado el pasado 4 de noviembre, pero que no entra en vigor hasta el 1 de julio de 2016.

Los daños a vehículos son muy comunes cuando se produce alguno de los supuestos extraordinarios que cubre el Consorcio, como los efectos de las lluvias torrenciales, desbordamiento de ríos, granizo y grandes temporales en general, y hasta ahora, los conductores con seguros más básicos estaban desprotegidos pues el CCS no se hacía cargo de esos daños.

El Consorcio es una entidad empresarial pública, que depende del Ministerio de Economía a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y funciona como una especie de fondo de garantía asegurador para determinados siniestros, alimentado por las propias aseguradoras.

Las compañías cobran al asegurado una pequeña cantidad o recargo para el Consorcio en cada póliza, que sirve para que éste pueda hacerse cargo de los daños en caso de siniestro catastrófico.

Según los datos que figuran en la web del CCS, la tarifa para riesgos extraordinarios es una cantidad anual que se aplica sobre los capitales asegurados y que depende del siniestro.

Por ejemplo, para daños en viviendas y comunidades de Propietarios, ascendería el 0,08 por mil del capital asegurado; mientras que para daños en oficinas sería de un 0,12 por mil; para comercios, centros comerciales o almacenes, del 0,18 por mil y para automóviles sería una cantidad fija según el tipo de vehículo (para turismos, 3,50 euros por vehículo).

Desde la década de los 40´

El organismo nació con carácter provisional en 1941, para dar respuesta a las necesidades indemnizatorias originadas por la Guerra Civil (1936-1939) y se llamó Consorcio de Compensación de Riesgos de Motín, y no fue hasta 1954 cuando adquirió un carácter permanente, según los datos que figuran en la web del CCS.

A lo largo de su historia, la entidad asumió otros cometidos como los relacionados con el seguro de crédito a la exportación, el seguro agrario combinado, el seguro obligatorio de responsabilidad civil de automóviles, el seguro obligatorio de viajeros, el de los cazadores y el de responsabilidad civil de riesgos nucleares.

Entre las principales funciones de este organismo destacan el aseguramiento directo de una serie de riesgos que el mercado no cubre, como sucede en los ya mencionados que afectan a los vehículos a motor, o los daños causados por vehículos sin asegurar, o por un vehículo robado.

Según explica el Consorcio, el legislador entiende que no se pude circular sin seguro, pero también asume que no se puede obligar que las aseguradoras a asumir riesgos «determinados», algo que también sucede en el seguro de caza o en el seguro obligatorio de viajeros.

También se puede incluir dentro del aseguramiento directo, aunque se haya contratado con una compañía privada, la cobertura que da el CCS en determinados ramos a los daños causados por determinados supuestos de la naturaleza como ciclones, terremotos o inundaciones.

Asimismo, los derivados de acontecimientos político-sociales, como el terrorismo, responsabilidad civil de Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad del Estado y que no son asumidos por las aseguradoras privadas.

Un ejemplo: según los datos más recientes, correspondientes al tercer trimestre de 2015, el organismo destinó entre 11 y 13 millones de euros a indemnizar a los afectados por los 3.135 siniestros causados por las inundaciones que se produjeron tras las lluvias torrenciales caídas el 3 y 9 de septiembre en el sureste peninsular y Baleares.

EFECOM