El Gobierno regula el contenido del Documento Único Electrónico para el cese de las empresas

Facilitará también la segunda oportunidad y permitirá a los empresarios iniciar un nuevo proyecto lo antes posible

El Consejo de Ministros ha aprobado ayer el contenido de deberá tener el Documento Único Electrónico (DUE) para que las empresas que cesen su actividad de las empresas individuales y de las sociedades de responsabilidad limitada.

El documento incluye también todos los datos referentes al empresario que deben remitirse a los Registros Jurídicos y a las Administraciones Públicas.

La medida favorecerá también la segunda oportunidad a través de un sencillo y rápido sistema, permitiendo a los empresarios iniciar un nuevo proyecto empresarial lo antes posible.

Los datos a consignar, que se encontrarán en la subsede electrónica del Punto de Atención al Emprendedor (PAE) del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, serán de dos tipos: uno básico que se deberá cumplimentar al inicio de la tramitación y aquellos a consignar en cada fase de tramitación por las Administraciones Públicas y por el notario que intervenga en la disolución, liquidación o extinción de la sociedad.

La cumplimentación y el envío se puede realizar bien a través de la PAE de Industria o bien mediante el resto de Puntos de Atención al Emprendedor que presten este servicio.

Con este Real Decreto, las Administraciones Públicas se pondrán de acuerdo internamente con el objetivo de evitar a las empresas el desplazamiento en los trámites, lo que permitirá que el proceso de cese y extinción sea más fácil y sencillo.

Yasmina Pena