Hacienda limita ‘por prudencia’ los avales de las CCAA

Las operaciones de más de 25 millones de euros necesitarán autorización del Consejo de Ministros y no se podrá superar el 1,5% del PIB regional

Objetivo  garantizar la consolidación fiscal y alcanzar el equilibrio presupuestario. En esta línea la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local y bajo el marco del principio de prudencia financiera ha dado un paso más y ha sacado adelante dos resoluciones por las que Hacienda limita la capacidad de concesión de avales a Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Mediante un comunicado emitido esta misma tarde, el departamento que dirige Cristóbal Montoro, ha fijado el tope para el importe nominal de los avales autorizados por las CCAA -a 31 de diciembre y para el año próximo- en el 1,5 por ciento del PIB regional. Toda vez que éstos no estén cubiertos por el Fondo de Avales en sus presupuestos y sólo se pueda disponer del mismo al objeto de responder de contingencias derivadas de los mismos u otras garantías, circunstancia en las que no será efectivo dicho límite.

Además  las operaciones “individuales” superiores a 25 millones de euros o que equivalgan al 0,1 por ciento del PIB regional quedarán sujetas a la supervisión de Hacienda quien dará traslado de las mismas al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva.

Con esta Resolución se pretende reducir significativamente el riesgo financiero de las Comunidades Autónomas y así garantizar el cumplimiento de los objetivos de consolidación fiscal. Así quedan afectas de dichos límites la adquisición de acciones y participaciones en el patrimonio neto de las entidades, préstamos concedidos o la adquisición de títulos de deuda. No obstante Hacienda deja abierta una puerta a “ciertas operaciones” siempre y cuando cumplan las reglas fiscales y los periodos de pago a proveedores.

Las Entidades Locales tampoco se libran  

La segunda resolución afecta a las Entidades Locales (EELL) a las que se les establece el límite global del 30 por ciento sobre los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior. En el  caso de operaciones individuales, éste se rebaja al 15 por ciento.

En el caso de operaciones que superen dichos porcentajes la autorización dependerá de la Administración Pública encargada de la tutela financiera de los entes y quedará sujeta, al igual que en el caso de las autonomías, al cumplimiento de las reglas fiscales y de los plazos de pago a proveedores.

Tanto las CCAA como los EELL tendrán de plazo hasta el 31 de marzo para presentar las solicitudes de autorización, con excepción de las correspondientes a 2015, que deberán presentarse antes del 1de noviembre.

Cabe recordar que el principio de Prudencia Financiera fue aprobado por el Ejecutivo el pasado 5 de febrero y es aplicable a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales que adheridas a los mecanismos de financiación autonómica.