Industria volverá a calcular el margen de comercialización de las eléctricas

Una sentencia del Tribunal Supremo obliga al Ministerio a revisar los márgenes de comercialización electricos

El Ministerio de Industria ha requerido a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que elabore un informe sobre los costes para establecer un nuevo margen de comercialización eléctrico -uno de los componentes del recibo de la luz- tras la sentencia del Supremo que anula el actual.

Con el nuevo valor que resulte, añaden fuentes del Ministerio de Industria, se deberá refacturar a los consumidores de la tarifa regulada, el denominado PVPC, «en positivo o en negativo»  -según si el nuevo valor es mayor o menor que el actual- desde el momento que entró en vigor este sistema en abril de 2014. El margen de comercialización es la retribución que reciben las empresas que suministran en la tarifa regulada, el ahora denominado Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC).

Actualmente este margen está fijado en 4 euros al año por kilovatio de potencia contratada, un concepto que va en el recibo junto a los costes regulados y el coste de la energía. Unos 13 millones de consumidores están acogidos a esta tarifa regulada.

Sentencia del Tribunal Supremo
Esta obligación de revisarlo se produce tras la sentencia del Tribunal Supremo que, estimando en parte unos recursos presentados por Iberdrola y Gas Natural Fenosa, obliga al Gobierno a elaborar una metodología para calcular el margen de comercialización, según adelanta hoy el diario Cinco Días.

La sentencia del Supremo se limita a obligar al Gobierno a «regular con precisión la metodología de cálculo del margen de comercialización fijo», y anula el apartado segundo de la disposición adicional octava del Real Decreto por el que se establece este punto dentro de la metodología de cálculo del PVPC.

El Supremo no juzga si este valor resulta suficiente para cubrir todos los costes derivados de esta actividad de comercialización, como vienen reclamando desde el sector eléctrico. «No es posible hablar propiamente de suficiencia o insuficiencia sino que es preciso antes haber determinado una metodología para la determinación exacta de este valor que ha de servir para compensar los costes de comercialización, así como la remuneración razonable que pudiera proceder», apunta sobre la cuestión.

El Gobierno tiene que definir ahora la metodología para ese nuevo margen apoyado en el informe de Competencia y luego tendrá que aprobarla por real decreto.

EFECOM.