La ‘lista negra’ de Montoro se publicará después de verano

Gestha apunta a lo «frustrante» de un listado en el que sólo aparecerán medianas empresas insolventes

El 31 de julio será el día «D» y la hora «H» para los deudores a la Hacienda Pública. El Consejo de Ministros ha aprobado esta mañana la reforma de la Ley General Tributaria y el anteproyecto de Ley Orgánica que permitirá al fisco acceder al contenido de las sentencias por fraude fiscal, por las que el Gobierno obtiene vía libre para hacer pública la lista de morosos con la administración.

Sin embargo ‘no todos los que son’ tendrán cabida en el negro inventario, que quedará reservado a aquellos contribuyentes con deudas superiores a un millón de euros, y que se renovará en el primer semestre de cada año natural. Tampoco se incorporarán los nombres de las personas físicas o jurídicas cuyas obligaciones se encuentren aplazadas o suspendidas. La buena fé y la confianza de Hacienda en los contribuyentes va aún más allá y los apuntados con el dedo del ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, dispondrán de un periodo de trámite previo a la publicación para presentar alegaciones, pudiéndose impugnar el acuerdo final por la vía de los contencioso – administrativo.

Tal y como ha explicado el ministro Montoro en la rueda de prensa posterior al Consejo «la publicidad del listado de condenados por delitos contra la Hacienda pública, de insolvencia punible y de contrabando, no será completa, y garantizará el derecho al honor y a la intimidad, así como la protección de datos de carácter personal».

La ‘lista negra’ de Montoro es una de las medidas con las que el Ejecutivo pretende luchar contra el fraude fiscal, sin embargo fuentes del Síndicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), apuntan a que «no será todo lo efectiva que se promete e incluso podría llegar a ser frustrante», ya que la relación de deudores estará compuesta principalmente por medianas empresas insolventes «que no pueden pagar y que en muchos casos no disponen de bienes ni tienen posibilidad de suspender la deuda», circunstancia que quedará descubierta ante los ciudadanos y podría mermar su confianza. De hecho, desde Gestha, se muestran escépticos ante la posibilidad de que aparezca alguna multinacional en el listado ya que «son las que tienen capacidad para interponer recursos y garantizar el importe de la deuda».

Datos con todo detalle

El texto recoge además un conjunto de normas que contribuirán a reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica en materia fiscal. En el ámbito de la lucha contra la economía informal se refuerza el sistema de estimación indirecta (aquel que se emplea cuando la contabilidad no es completa). A partir de la entrada en vigor de la normativa las empresas y autónomos deberán hacer referencia expresa al origen de los datos de ingresos y gastos.

También tendrá cabida la denominada «norma antiabuso», con la que se intentará poner freno, entre otras, a las actividades de evasión y ahorro fiscal fiscal a través de la creación de empresas fantasma. En el conjunto de hechos sancionables por esta norma también se incluyen los supuestos que previamente se hayan declarado como de conflicto o abusivos por la Administración.

Nuevos plazos de inspección 

El tiempo es otra de las claves de la reforma. Los plazos para los procedimientos de inspección se simplifican a 18 meses en total, rebajando en seis meses el actual si contabilizamos el periodo de prórroga de 12 meses. No obstante, y para los conflictos de «especial complejidad», el plazo se extenderá hasta los 27 meses. En este punto cabe destacar que se limitan las causas de suspensión del cómputo y se suprimen los retrasos no imputables a la Administración.

Otra de las novedades en cuanto al régimen sancionador es la interrupción del plazo cuando se solicite tasación pericial contradictoria.