Las entidades organizadoras serán responsables solidarias en ‘la nueva formación’

Empleo fija un precio máximo por hora para las micropymes de hasta cinco empleados 

«Más largo que un parto», así resumían fuentes cercanas al ministerio de Empleo el proceso de gestación de un Real Decreto (R.D.) Ley para la reforma urgente del sistema de formación profesional para el Empleo. Un periplo de más de un año y cerca de 50 reuniones que supone «un cambio muy importante» al que, como ocurre con toda transformación, a algunos les costará adaptarse.

Entre las novedades del R.D. y en línea con uno de sus principios clave, las entidades organizadoras responderán «exactamente igual» de los cursos que organicen. Con la nueva norma se pone fin a la impunidad de un sistema por el que las organizaciones empresariales y sindicales decidir entre organizar la formación o encargarla a cualquier entidad externa, y hasta ahora, permitía que estas últimas quedasen libres de polvo y paja en caso de posibles irregularidades. A partir de la entrada en vigor de la Ley estas entidades estarán también sujetas a la devolución de las ayudas, bonificaciones y subvenciones que hayan percibido. Sanciones que además se acompañarán del estigma de la «visibilidad», es decir las infracciones muy graves se podrán hacer públicas.

Otra de las modificaciones que se establecen es la extensión de los módulos a las micropymes. Hasta ahora los precios por hora de formación en las empresas de hasta cinco empleados carecían de los límites de entre ocho y trece euros por hora que sí se aplicaban para las de mayor tamaño. Además las pequeñas empresas también participarán en el sistema de cofinanciación con un porcentaje del cinco por ciento, que podrá vincularse a las horas de trabajo.

Para garantizar la tolerancia cero «de forma inmediata», el ministerio de Empleo va a poner en marcha la Unidad Especial de Inspección que será la encargada de controlar y supervisar el desarrollo y la buena gestión de los cursos. En el caso de que se detecte una infracción, la preferencia normativa a aplicar será la que se recoge en la Ley de Infracciones de la Seguridad Social.