Las sociedades laborales y participadas podrán financiar la compra de acciones a los trabajadores

Los socios trabajadores podrán acceder al desempleo y al Fogasa Impulsar un nuevo modelo de empresa rentable y sostenible. Con este objetivo se ha aprobado hoy en Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Sociedades Laborales y Participadas, que permitirá a las empresas de este grupo facilitar financiación a los trabajadores que quieran entrar a formar parte del capital social. La ministra de Empleo, Fátima Bañez, ha lucido sonrisa al presentar un texto -impulsado por ella misma- que además de facilitar el paso de trabajador a socio y otorgarle mayor control, incorpora una nueva fórmula societaria la de sociedad participada por los trabajadores que, «ya existe en Europa y completa a las cooperativas y sociedades laborales», ha explicado la Bañez. La reforma, que deberá esperar el visto bueno del Consejo Económico y Social (CES), se desarrolla en torno a cuatro ejes de actuación:

  • Mayor participación y protección de los socios trabajadores.- se establece el procedimiento único común en plazos más reducidos para la adquisición de acciones, que podrán ser financiadas por la sociedad. Además, los derechos sobre las mismas deberán ser puestos a disposición de los trabajadores en un plazo máximo de tres años. Es en este punto donde se extiende la protección a los socios trabajadores que quedarán cubiertos por el desempleo y el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), pero sólo para aquellas entidades de 25 o menos trabajadores.
  • Simplificación y reducción de trámites.- el número de horas trabajadas por los ‘no socios’ se amplía hasta el 50 por ciento (actualmente 15 – 25 por ciento) y se reduce de tres a dos el número de socios necesarios para su constitución.
    • Es destacable la reducción de hasta 15 puntos en la reserva especial prevista, que quedará fijada en un 10 por ciento del beneficio líquido de cada ejercicio y que podrá destinarse a la adquisición de autocartera.
  • Sociedades participadas por trabajadores.- se definen como aquellas que promueven la participación de los trabajadores en la empresa siempre y cuando cumplan con tres requisitos:
    • Contar con trabajadores que participen en el capital o en resultados;
    • Que éstos tengan derecho a voto;
    • Que se impulse el tránsito de trabajadores a socios.
  • Buen gobierno.- las sociedades tendrán que favorecer la creación de empleo estable y de calidad, la igualdad y la conciliación y sus administradores deberán actuar bajo los principios de diligencia, lealtad, responsabilidad y transparencia.