25 años cotizados para los parados mayores de 55

 

El ejecutivo de Mariano Rajoy ha concretado en el Consejo de Ministros su proyecto para la reforma de pensiones y que entrará en vigor a partir del día 1 de enero. Los trabajadores mayores de 55 años, que tendrán que haber perdido su empleo por causas ajenas, podrán ampliar el periodo de cálculo en dos plazos: entre 2013 y 2017 de 15 años hasta los 20; y entre 2018 y 2022 de 20 a 25 años.

 

A estos trabajadores se les computará una base de cotización favorable en relación al periodo laboral más largo que hayan tenido desde que cumplieron los 50 años. Esta nueva legislación pretende flexibilizar un modelo 'caduco' según el Gobierno y a la cual también podrán acogerse los autónomos que no cuenten con cotizaciones desde que hayan terminado la prestación por el cese de su actividad.

 

El Real Decreto, que es un primer paso para la reforma de la jubilación anticipada para la que el Gobierno se da tres meses de plazo, también desarrolla y concreta los periodos que se asimilian como cotizados cuando se acogen a las bajas por paternidad o maternidad. El beneficio, que sólo cubrirá a uno de los dos progenitores, reconoce un máximo de 270 días por hijo, cifra que se alcanzará en el año 2019.