La APM pone contra las cuerdas a una SGAE investigada por Competencia

El expediente tiene origen en una denuncia de la Asociación de Promotores Musicales (APM), que fue inicialmente sobreseída por el extinto Servicio de Defensa de la Competencia el 13 de octubre de 2006.

No obstante, esta decisión fue recurrida por la APM, y tras sendas sentencias de la Audiencia Nacional de 6 de abril de 2009 y del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2012, la Dirección de Investigación inició una información reservada sobre las conductas denunciadas.

A la vista de la información recabada, la Dirección de Investigación considera que "existen indicios de una infracción del artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) por parte de SGAE, en relación con las condiciones establecidas por SGAE a los promotores de conciertos musicales para la obtención de la correspondiente licencia de comunicación pública de la propiedad intelectual de los autores de obras musicales, así como respecto a los términos de los acuerdos alcanzados por SGAE con operadores de ticketing y con entidades de gestión de derechos de autor en terceros países", según informó el órgano supervisor en un comunicado.

La CNC recuerda que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por Competencia.