La Audiencia Nacional avala los despidos de Iberia

Aún así, los magistrados de la Sala de lo Social entienden "que está fuera de toda duda la situación calamitosa que atraviesa el grupo" y que Iberia "se ve obligada a la reestructuración a la baja para sobrevivir". El tribunal, en concreto, ha rechazado la demanda de impugnación del despido colectivo promovido por el Sepla, a la que se adhirieron otros dos sindicatos, Cgt y Stavla. La Sala argumenta en la sentencia dictada hoy que en el grupo Iberia "concurren causas económicas, productivas y organizativas cuya gravedad está fuera de toda duda y que se reflejan en las pérdidas millonarias, la supresión de un gran número de rutas deficitarias y el incremento de los gastos de explotación originado por la subida del precio del combustible".

Los jueces comparten que se hace evidente para la supervivencia de la compañía "una reestructuración a la baja, con la finalidad de hacerla sostenible y reforzar su competitividad en el cada vez más complejo mercado del transporte aéreo". La Sala recuerda que la compañía se ha sometido a "una fuerte exigencia", reduciendo los despidos de 3807 a 3141 y con una política de renovación contemplada en el acuerdo suscrito el pasado 13 de marzo, controlada por el mediador designado y asumida por la mayoría de los representantes de los trabajadores.

CRISIS ECONÓMICA

El tribunal admite la validez de la negociación del convenio colectivo por franjas, pero los jueces aprovechan su sentencia para advertir que dicho precepto no encaja en el momento actual de crisis económica, puesto que "dicho precepto avala una modalidad negociadora del convenio colectivo propia de las épocas de bonanza económica, en la que grupos de trabajadores con gran poder de contratación rompían la unidad negociadora del convenio de empresa, para alcanzar sus reivindicaciones propias".

Los jueces admiten que es una práctica generalizada en el sector, una práctica que no la comparten en el momento presente de crisis económica puesto que puede promover soluciones heterogéneas dentro del mismo despido colectivo, "que es exactamente lo contrario a la homogeneidad pretendida por el legislador y promueven una negociación ineficiente cuando se enfrentan a problemas globales de la empresa, al ser impensable acometer la reestructuración de una empresa en crisis con comisiones de trabajadores, que colocan en primer término sus intereses profesionales o corporativos frente al interés general, que afecta a la empresa y al conjunto de sus trabajadores".