Sagardoy: «No habrá desprotección de los trabajadores por el fin de la ultractividad»

Iñigo Sagardoy, Presidente de Sagardoy Abogados, no cree que el fin de la ultractividad de los convenios colectivos vaya a crear una “debacle en cuanto a desprotección total de los trabajadores”. Eso sí, señala que podría haber algún caso excepcional y que las empresas podrían aprovechar esta situación: “No me imagino que una empresa diga que va a aplicar el estatuto de los trabajadores con el salario mínimo, ya que elevaría el nivel de conflictividad. Pero sí podemos ver cómo aprovecha para dejar de aplicar algún beneficio social o algún derecho adquirido hace tiempo”, ha explicado.

En esta línea, Sagardoy ha señalado que mientras en el ámbito de la función pública se están viendo negociaciones, también es cierto que en el ámbito de la empresa privada puede haber algunas más críticas con prorrogar aún más la aplicación del convenio colectivo y consideren que les puede ocasionar “más pérdidas”.

El hecho de que casi dos millones de trabajadores vayan a ver como sus convenios colectivos se 'caen' durante el día de hoy ha creado, según el abogado, un sentido de responsabilidad entre patronal y sindicatos para prorrogar estos convenios, aunque sea de forma temporal hasta que se llegue a un acuerdo. Eso sí, recuerda que los convenios no se pueden prorrogar de forma indefinida porque seria ir en contra del legislador. “Se puede abrir un periodo transitorio corto de aquí a final de año para poder negociar poco a poco los nuevos convenios. De hecho es el fin último de esta legislación: que ambas partes se pongan manos a la obra y alcancen acuerdos más rápidamente”, ha apuntado Sagardoy.

Última reforma laboral

El presidente de Sagardoy Abogados ha recordado también como en la última reforma laboral, el legislador apostó por el convenio de empresa frente al de sector y provincial anterior, en el que se potencia la negociación colectiva a nivel más micro y se permiten descuelgues de convenio. “Es un modelo de dos ejes, por un lado el convenio sectorial normalmente a nivel nacional y un convenio de empresa, que o lo complementa o prevalece sobre ese convenio sectorial”, ha añadido.

Asimismo, añade que con el tema de la ultractividad sucede lo mismo: si en el convenio de empresa no se llega a un acuerdo se aplica el convenio de ámbito superior, el sectorial nacional, y si no la normativa laboral común, es decir, el estatuto de los trabajadores. “Son dos tipos de convenios y, en defecto de convenio del sector que es la salvaguarda, se va al estatuto de los trabajadores”, ha concluido.