El Supremo archiva la causa contra Jose Blanco

En un auto conocido este jueves, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal archiva la causa contra Blanco por su implicación en el 'caso Campeón' y estima el recurso que había presentado el exministro. El Supremo respalda el argumento de Blanco de que sólo se limitó a promover una entrevista entre el empresario José Antonio Orozco y el alcalde de Sant Boi. En el auto se afirma que el exministro no incurrió en tráfico de influencias, puesto que hizo uso de su "situación de superioridad" para que se permitiese la construcción de la nave industrial.

Los magistrados explican que la concesión del permiso al empresario había sido denegado en dos ocasiones por el técnico medioambiental de Sant Boi. Sin embargo, en una tercera revisión, este empleado municipal dio el visto bueno para que siguieran adelante los trámites administrativos.

CORRECCIÓN DE ERRORES

El auto afirma que "la casualidad entre la gestión de la entrevista y la modificación del sentido de la resolución" sobre la concesión de la nave industrial no indica una intervención directa de Blanco. El Supremo destaca que el técnico medioambiental dijo en su tercera revisión que "no existe irregularidad alguna", al tiempo que dejó constancia de la corrección de las deficiencias y de que se cumplían las medidas de seguridad pertinentes.

Los magistrados entienden que Blanco sólo "solicitó, a través de un secretario de Estado de su ministerio, que un alcalde, que no tiene competencia directa para la concesión de licencias de naves industriales, recibiera a un empresario que solicita esa entrevista para poder manifestar un retraso en la tramitación y unos errores en el expediente a subsanar". Para el tribunal está acción no lleva asociado un delito de tráfico de influencias.

La sentencia añade que tanto el técnico como el alcalde han declarado que ninguno de los dos fue influenciado. Se tiene en cuenta, además, que las conversaciones telefónicas entre el empresario interesado en construir una nave industrial y Blanco han sido analizadas sin que exista ninguna irregularidad al respecto. Por todo ello, el Supremo estima el recurso planteado por la defensa del exministro de Fomento y acuerda el archivo de las actuaciones en orden al delito de tráfico de influencias al no resultar acreditada su comisión.