Competencia abre expediente a DTS, MEDIAPRO Y TELEFÓNICA por los derechos del fútbol

La Dirección de Investigación de la CNC ha incoado un expediente sancionador contra DTS, TELEFÓNICA y MEDIAPRO por posibles prácticas contrarias a la competencia en el sector audiovisual. El presente expediente tiene origen en diversas denuncias provenientes de Cableuropa, Tenaria, Telecable Asturias, R Cable y Telecomunicaciones Galicia y Euskaltel, Mediaproducción, la Asociación Nacional de Operadores de Telecomunicaciones y Servicios de Internet, y France Telecom España (ORANGE) por posibles infracciones de la normativa de competencia en relación con la explotación de los canales “Canal+ Liga” y “Canal+ Liga de Campeones”.

En primer lugar, la Dirección de Investigación considera que existen indicios de una infracción del artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia  (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) por parte de DTS, consistente en un abuso de su posición de dominio en el mercado de reventa de derechos audiovisuales de Liga y Copa de S.M. de fútbol, en particular, a través del establecimiento de condiciones inequitativas y discriminatorias a la hora de comercializar a nivel mayorista el canal “Canal+ Liga”.

Asimismo, la Dirección de Investigación ha apreciado indicios de una infracción de los artículos 1 de la LDC y del artículo 101 del TFUE, derivada de los acuerdos y actuaciones concertadas entre DTS y TELEFÓNICA a la hora de explotar los canales “Canal+ Liga” y “Canal+ Liga de Campeones”, que podrían estar excluyendo injustificadamente a terceros operadores de televisión de pago

Finalmente, la Dirección de Investigación entiende que existen indicios de una infracción del artículo 1 de la LDC y del artículo 101 del TFUE, derivada del acuerdo de puesta en común y explotación de los derechos audiovisuales de Liga y Copa de S.M. el Rey de fútbol para las temporadas 2012/2013 a 2014/2015 entre DTS y MEDIAPRO, en la medida que contiene un pacto de no competencia de cara a la comercialización mayorista de canales de televisión de pago con contenidos de Liga y Copa de S.M. el Rey de fútbol, que restringe la competencia y podría no estar justificado objetivamente. La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.