Competencia expedienta a Repsol, Cepsa y otras cuatro petroleras por pactar precios

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha puesto de manifiesto en sucesivos informes la falta de competencia en el sector de los combustibles de automoción en España, tras constatar incrementos significativos en el precio de los carburantes, en un contexto de niveles generales de precios minoristas en España más elevados que los registrados en países de nuestro entorno.

Por otra parte, el alineamiento en los precios de venta al público de los combustibles de automoción a través de las estaciones de servicio de las distintas compañías petroleras ha sido objeto de denuncias y consultas ante la CNC de forma recurrente. También informes recientes de supervisión de la Comisión Nacional de Energía han apreciado un alineamiento general de los precios de venta al público.

A la vista de todo ello, la Dirección de Investigación inició en el mes de mayo de 2013 una nueva información reservada, con el fin de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador, en el marco de la cual se han realizado, con fechas 27 y 28 de mayo, inspecciones en las sedes de REPSOL, DISA, MEROIL y la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), y con fechas 22 a 24 de julio de 2013 en las sedes de BP y CEPSA.

En el marco de la información reservada realizada, la Dirección de Investigación de la CNC ha observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la LDC, ha acordado con fecha 29 de julio de 2013, la incoación de dos expedientes sancionadores por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la LDC y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea:

1. Un expediente sancionador contra REPSOL, CEPSA, DISA, MEROIL y GALP por posibles conductas bilaterales anticompetitivas, que consistirían en la coordinación entre operadores de productos petrolíferos en materia de precios, clientes y condiciones comerciales y en el intercambio de información comercial sensible, en los mercados de distribución de combustible de automoción.

2. Un expediente sancionador contra REPSOL, CEPSA y BP por posibles conductas anticompetitivas, que consistirían en la coordinación en materia de precios entre cada uno de los citados operadores de productos petrolíferos y empresarios independientes que operan en sus respectivas redes de distribución de combustible de automoción. La incoación de estos expedientes no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción de ambos expedientes y para su resolución por la CNC.