La Audiencia Nacional decide mantener en libertad a Bolinaga

El magistrado rechaza revocar la libertad condicional al concluir que Bolinaga, con sus declaraciones, no vulneró ninguna de las condiciones que se le impusieron para quedar en libertad. "No se ha producido vulneración aparente de ninguna de las reglas de conducta impuestas", señala el juez en el auto dictado hoy con el que rechaza, a instancia de la Fiscalía, la medida solicitada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decidió el 12 de septiembre de 2012 dejar en libertad al Bolinaga al concluir que existe "un peligro patente" para su vida. Los magistrados, presididos por Fernando Grande-Marlaska, entendieron que, para acceder a la libertad condicional, la legislación no exige un arrepentimiento del preso si no únicamente que exista un "riesgo patente" para su vida.

Para su puesta en libertad, el juez Castro estableció una serie de condiciones para Bolinaga, entre las que destacan que el etarra tiene prohibido acercarse al domicilio o al lugar de trabajo de las víctimas de sus delitos, entre los que se encuentra José Antonio Ortega Lara, y que tampoco puede "participar de forma activa o pasiva en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia".

El etarra está condenado por el secuestro de Ortega Lara y por el asesinato de tres guardias civiles.

DELITO DE ENALTECIMIENTO

El juez Castro destaca en su resolución que Bolinaga "no ha participado en ningún acto reivindicativo de los muchos que, en su honor, han realizado diferentes organizaciones del entramado radical".

El magistrado subraya además que el video fue grabado "con cámara oculta" por una persona "que se identificó de alguna forma como perteneciente al diario 'Gara', cuando en realidad se trataba de un periodista de 'La Gaceta'". La resolución también detalla que las declaraciones se produjeron en la escalera del domicilio de Bolinaga.

A pesar de todas estas consideraciones, el juez Castro ha decidió dar traslado del contenido del vídeo a los Juzgados de Instrucción de la Audiencia Nacional por si alguna de las expresiones del etarra pudieran ser constitutivas de un delito de enaltecimiento del terrorismo.

El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha rechazado asimismo en otras tres resoluciones la concesión de la libertad condicional a los etarras Valentín Lasarte, José Luis Urrusolo y Oihane Bilbao. El magistrado argumenta en los tres casos que, aunque los etarras cumplen los requisitos para acceder a la libertad condicional, las penas que les han sido impuestas son suficientemente grandes como para denegarles la medida.