UPTA quiere que se amplíe la justicia gratuita para autónomos en situación de insolvencia

La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha presentado, a los Grupos Parlamentarios, con carácter de urgencia diversas propuestas de modificación del Real Decreto Ley 1/2015, que regula el mecanismo de segunda oportunidad para autónomos y microempresas.

Upta espera que se puedan introducir mejoras en el Decreto después de su convalidación en el Congreso de los Diputados, o incorporar estas mejoras al Proyecto de Ley que modifica el procedimiento concursal que actualmente se debate en el Congreso.

Desde Upta piden que los créditos de derecho público, en especial con Hacienda y Seguridad Social, puedan incorporarse a la masa y ser exonerados hasta un cincuenta por ciento. El secretario general de Upta, Sebastián Reyna, ha explicado que “no parece razonable que desde el sector público se pida un esfuerzo a los acreedores privados y sin embargo el propio sector público no lo haga”.

Por otro lado, proponen la desaparición de la referencia a que durante el período de cinco años los acreedores estén legitimados para revocar el beneficio de la exoneración en el caso de que mejore sustancialmente la situación económica del deudor. “Entendemos que esta medida hace perder toda su naturaleza al concepto de segunda oportunidad, ya que precisamente lo que debe buscarse es una mejora sustancial en la situación de los deudores”, apunta Reyna.

Otra de las cosas que consideran imprescindibles, es que en determinados supuestos no se condicione el acceso al sistema solo a aquellos autónomos que tienen capacidad para pagar los gastos del procedimiento. Así, se propone que para los autónomos en situación de insolvencia se aplique la “Justicia Gratuita” siempre que se contraste que no cuentan con otras rentas y sus deudas comerciales o financieras no hipotecarias no sean superiores a 20.000 €. UPTA se opone a que se dé la exclusiva a las Cámaras de Comercio para realizar los servicios de acuerdos extrajudiciales entendiendo que esta posibilidad debe extenderse a todas las asociaciones socioprofesionales que cuenten con un Servicio de Mediación Registrado.

Y, por último, piden una rebaja en la remuneración del mediador concursal que para las personas naturales con actividad económica debe ser del 75 por ciento sobre la base de remuneración.