En el diccionario de la Real Academia Española no existe el término “criptoinversores”.
De igual modo, la normativa de protección a los “criptoinversores” tampoco ha sido promulgada todavía.
De hecho, las recomendaciones de las autoridades y reguladores financieros consisten en señalar a las divisas digitales como activos arriesgados y especulativos para los ahorradores minoristas, a los que desaconsejan recurrir a ellas, ni como inversión, ni como medio de pago, subrayando la posibilidad real de perder todo lo invertido.
Proteger a los inversores en criptoactivos
La inversión en criptomonedas no está regulada en España, lo que significa que las personas que decidan adquirir estos activos, lo hacen bajo su cuenta y riesgo, sin estar amparados por unos estándares de información y protección, exigibles a aquellos que ponen a disposición del público en general, la inversión en criptomonedas.
No obstante, desde Europa ya se está trabajando en el borrador del reglamento europeo relativo a los mercados de criptoactivos: MiCA (Markets in Crypto-Assets). Uno de los objetivos es la protección a los inversores en criptoactivos, que se aborda tanto desde el punto de vista de la información que los proveedores de criptoactivos deben facilitar respecto a la tecnología y proyecto subyacente, derechos, obligaciones y riesgos, como desde la seguridad en la tenencia de los criptoactivos y en las reservas de activos que respalden los tokens en circulación.
Mientras, a nivel estatal, el Banco de España ha iniciado el proceso de registro de las plataformas de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos.
La finalidad de este registro es doble: por un lado, ofrecer garantías a los inversores/consumidores de estos productos, respecto de la seriedad o reconocimiento de las plataformas registradas que operan ofreciendo estos servicios. Y, por otro lado, permitir el intercambio de información relativo al blanqueo de capitales y pago de impuestos.
Minimizar la posibilidad de fraude
El público que esté en disposición de operar directamente con estas plataformas registradas estará minimizando las posibilidades de fraudes, estafas y apropiaciones indebidas, que actualmente constituyen la principal fuente de denuncias e infracciones en esta materia.
La cuestión de la protección a los inversores frente al riesgo de la inversión queda pendiente de una regulación específica (ya proyectada a nivel comunitario). Por el momento, el radio de acción de los inversores queda relegado a la esfera contractual definida en los términos y condiciones de los respectivos contratos que cada usuario haya consentido con su plataforma de inversión y a los contratos de asesoramiento financiero que, en materia de criptomonedas, haya podido suscribir.