Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional de la UGR, afirma que sin consenso la orden de Sanidad no es de obligado cumplimiento

El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada (UGR) Agustín Ruiz Robledo aseguró este jueves que sin consenso, como es el caso, la orden del Ministerio de Sanidad que establece restricciones en grades municipios con altas tasas de contagio de Covid-19 «no es de obligado cumplimiento».

Ruiz Robledo, en declaraciones a Onde Cero recogidas por Servimedia, destacó que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, «ha aplicado la norma de la democracia, que es tener más votos a favor que en contra, pero en este caso se exige consenso”, y éste no se ha dado porque «ha habido cinco comunidades que en el Consejo Interterritorial votaron en contra. No hay orden de obligado cumplimiento”. “No hay margen de discusión, la ley dice que los acuerdos del Consejo Interterritorial serán por consenso”, apostilló.

El catedrático de Derecho Constitucional de la UGR dijo que si Madrid se negase a llevar a cabo las medidas de la órden “se tendrán que pensar en otras coercitivas para que lo haga, y estas son el artículo 155 o proclamar el estado de alarma”.

Reconoció Ruiz que «estamos en una situación de confusión porque no hay precedentes. El presidente del Tribunal Supremo dijo que necesitábamos más claridad normativa” y añadió el catedrático que «se pueden defender muchas posturas porque creo que nunca se ha aprobado una acción coordinada en salud pública”.

En este sentido, explicó que «podríamos mantener dos posturas: la del abogado del Estado de decir que deroga la Ley de 2003 de Cohesión de la Salud, pero también se puede decir que tenemos un principio, que es el de especialidad. De momento, la Comunidad de Madrid tiene argumentos para decir que la ley general no puede aplicarse por encima de la ley especial”. Ruiz Robledo concluyó que “a veces los políticos quieren resolver los problemas rápido y aplican la primera norma que encuentran”.