Banco de España: “Solo se puede cobrar una comisión por sacar dinero”

Por el momento eran las entidades emisoras que cobraban este tipo de comisiones a los clientes

La institución gobernada por Luis María Linde ha explicado que la retirada de efectivo en un cajero constituye un único servicio de pago, independientemente de que se realice en un cajero propiedad de la entidad emisora de la tarjeta bancaria o de otra entidad.

«En consecuencia, ese servicio solo puede originar el cobro de una comisión, ya sea por la entidad emisora de la tarjeta o por la entidad propietaria del cajero» ha afirmado el Banco de España.

El Banco de España ha acordado remitir sendos escritos a la Asociación Española de Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNACC), la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) y la Asociación Española de Entidades de Pago (ANAED), como asociaciones representativas de las entidades supervisadas que desarrollan actividad de servicios de pago, instando a las entidades intervinientes en esta operativa «a que adopten las medidas necesarias para garantizar que, en cada operación, se procede al cobro de la comisión solo por una de ellas».

Hasta ahora, eran las propias entidades emisoras de las tarjetas las que imponían este tipo de comisiones a los usuarios -de entre 0,65 y 1,50 euros- por sacar dinero en cajeros automáticos ajenos al propio banco; de la cantidad que cobraban diferían una pequeña parte a la entidad desde la cual se realizaba la retirada de efectivo.

Facua advertía de que si la doble comisión se mantiene, los usuarios estarán pagando dos veces por el mismo servicio, el de la provisión de efectivo.