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Bruselas permite que los países cubran hasta 3 millones de los costes fijos de empresas en dificultades

La Comisión Europea ha ampliado seis meses, hasta junio de 2021, la vigencia de las normas excepcionales sobre ayudas públicas y ha incluido una novedad según la cual los Estados miembros podrán cubrir una parte de los costes fijos de empresas que se encuentran en problemas por la pandemia de coronavirus, hasta un límite de 3 millones de euros.

Bruselas ha juzgado conveniente prolongar la vigencia del Marco Temporal de Ayudas de Estado, que permite a los gobiernos europeos adoptar medidas de apoyo a su tejido empresarial que en unas circunstancias normales estarían prohibidas.

Los servicios económicos del Ejecutivo comunitario dan por seguro que durante los próximos meses los países tendrán que seguir decretando restricciones a la movilidad y, por tanto, la actividad económica no habrá recuperado la velocidad anterior al brote de la Covid-19. Un escenario que seguirá pensando sobre las finanzas de las empresas europeas.

En consecuencia, la Comisión Europea ha decidido prorrogar hasta el 30 de junio de 2021 la vigencia del Marco Temporal sobre Ayudas de Estado, cuya fecha límite hasta ahora era el 31 de diciembre de este año. Las disposiciones sobre recapitalizaciones de empresas se extienden, por su parte, hasta el 30 de septiembre de 2021.

Además de prolongar su vigencia, Bruselas ha ampliado el alcance de estas reglas excepcionales y la principal novedad es que permitirá a los Estados miembros que cubran gran parte de los costes fijos de empresas en dificultades. Cara una de estas ayudas estará limitada a 3 millones de euros, una cifra que el Ejecutivo comunitario ha elevado tras consultar a las capitales (en el borrador anterior estaba fijada en 2 millones).

En particular, los socios comunitarios podrán cubrir hasta un 90% de los costes fijos de pequeñas y medianas empresas y hasta un 70% en el caso de compañías más grandes, siempre respetando el umbral máximo absoluto.

CAPACIDAD PRODUCTIVA

La idea de esta medida es que aquellas sociedades que tienen que afrontar una demanda menor a la esperada por el impacto de le enfermedad no se vean obligadas a reducir su capacidad productiva durante los próximos meses y puedan retomar su nivel de actividad previo a la crisis cuando sea posible.

Ahora bien, para poder optar a estas ayudas las empresas tendrán que demostrar que sus ingresos han sufrido un desplome de al menos un 30% en un periodo determinado. Además, no podrán solicitar esta cobertura aquellas firmas que ya se encontrasen en problemas antes del 31 de diciembre de 2019.

Por otro lado, el Ejecutivo comunitario ha enmendado las condiciones para la salida de un Estado del capital de una empresa. La novedad se refiere en concreto a aquellos casos en los que el Estado ya formaba parte del capital de la compañía antes de la medida de recapitalización necesaria en el marco de la pandemia.

Con esta enmienda, los Estados podrán salir del accionariado de estas empresas si así lo estipula una evaluación independiente, con el objetivo de volver a su accionariado anterior y garantizando la competencia en el mercado único.

AYUDAS A LA EXPORTACIÓN

Por último, la Comisión Europea ha prorrogado también hasta el 30 de junio de 2021 la flexibilización de las normas sobre ayudas públicas a la exportación a corto plazo, con el objetivo de seguir facilitando de forma temporal la concesión de coberturas estatales en operaciones en las que no estarían permitidas normalmente.

La normativa actual, en vigor desde 2013, establece que los aseguradores estatales no pueden asegurar créditos a la exportación a corto plazo en el caso de los «riesgos negociables» que son aquellos con un periodo de riesgo máximo de menos de dos años con respecto compradores de países que están especificados en una lista.

La lista, en concreto, está compuesta por todos los Estados miembros a excepción de Grecia, Australia, Canadá, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza y Estados Unidos.

En marzo de este año, Bruselas tomó la decisión de sacar a todos estos países de la lista para que los Estados miembros pudieran respaldar operaciones comerciales con estos países dentro de las características previstas.

Tras consultar a las capitales, el Ejecutivo comunitario ha concluido que se siguen dando las circunstancias que avalaron entonces esta decisión, es decir, las dificultades del sector privado de seguros para avalar créditos a la exportación de firmas europeas.

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