Cada año más de 100 millones de euros se quedan sin adjudicar a sus herederos legítimos en nuestro país, una cifra que en toda Europa podría alcanzar más de 1.000 millones de euros. Propiedades inmobiliarias, bienes muebles, cuentas bancarias, joyas y dinero en efectivo van a parar al Estado al no conocerse los beneficiarios. Según datos de Coutot-Roehrig.
Encontrar a los herederos es más relevante de lo que pueda parecer en un primer momento. No sólo supone un lucro inesperado para el beneficiario si no que, a menudo, permite desencallar situaciones complicadas que perjudican a terceros como el cobro de deudas, el saldo de impuestos, contribuciones o suministros atrasados, debido al abandono en que se encuentran los bienes inmuebles no reclamados por sus herederos legítimos.
Un 40% de los fallecidos no otorga testamento
Según datos del Consejo General del Notariado, un 40% de los españoles fallece sin haber otorgado testamento. Esto significa que si en España fallecen alrededor de 350.000 personas cada año, aproximadamente unas 150.000 no han hecho testamento. Del total de estas herencias, denominadas ab intestato, en un porcentaje estimado del 10% al 15% de los casos, el testamento acabará siendo nulo o ineficaz al no conocerse los herederos legítimos.
El acceso a los registros y las búsquedas de los profesionales, no siempre son suficientes para localizar a los beneficiarios de estas herencias. En muchos casos, el valor de la herencia o la poca probabilidad de encontrar parientes no muy lejanos tampoco justifica que se inviertan recursos su localización, más allá de los trámites habituales.
En España, a diferencia de otros países, la Ley prevé que sólo tienen derecho a heredar los colaterales hasta el cuarto grado de parentesco. “Este factor reduce en un 35% las posibilidades de encontrar heredero, respecto a otros países como Francia o Italia, en que es posible llegar hasta el sexto grado”, explica Marco Lamberti, director de Coutot-Roehrig en España.
Sin embargo, España es un mercado con muchas posibilidades. La masa hereditaria, sin herederos conocidos proviene de fallecimientos de españoles en el país, pero también de españoles residentes en el extranjero y de extranjeros residentes en España. Si sumamos las herencias provenientes del fallecimiento de aquellas generaciones nacidas en el extranjero cuyo padres o abuelos eran naturales de España, el valor sube sensiblemente. Al faltar descendientes, los colaterales con derecho a herencia pueden ser españoles. Pasa a menudo que sólo una rama se marcha de su país de origen, la otra sigue viviendo allí.