El Comité Ejecutivo de CEOE respaldó este martes por unanimidad el texto definitivo de la norma que regulará el trabajo a distancia y que el Consejo de Ministros prevé aprobar hoy, informa Servimedia.
Según informaron CEOE y Cepyme en un comunicado, la ejecutiva se reunió a las 9.00 horas con carácter extraordinario para someter a consulta el principio de acuerdo alcanzado ayer, lunes, entre el Gobierno y los agentes sociales para regular el teletrabajo, después de meses de negociación.
“CEOE y Cepyme entendemos que el teletrabajo es una forma de organización de los tiempos y los recursos cada vez más utilizada por las empresas y confiamos en que esta norma permitirá avanzar de forma ordenada en esta modalidad, especialmente una vez se supere la excepcional coyuntura en la que nos encontramos con motivo del Covid-19”, destacó la parte patronal en el comunicado.
El texto acordado mantiene en el 30% durante tres meses la jornada mínima de teletrabajo que se debe realizar para aplicarse la norma.
El trabajo a distancia será voluntario para el trabajador y para la empresa, tendrá carácter reversible y requerirá de un acuerdo por escrito firmado en un plazo de tres meses desde que entre en vigor la norma.
Dicho acuerdo deberá contener, entre otros aspectos, el inventario de los medios, equipos y herramientas necesarias para teletrabajar; una enumeración de los gastos que pudiera tener el empleado y la forma de cuantificar la compensación que “obligatoriamente debe abonar la empresa”; el horario del trabajador; el porcentaje y distribución, en su caso, entre trabajo presencial y a distancia, y las instrucciones dictadas por la empresa sobre seguridad en la información y protección de datos.
“El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral”, según el texto.
Por su parte, la empresa podrá acordar “las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales”.
Para las empresas que implantaran el teletrabajo como medida excepcional por la pandemia, “le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria”. “En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario”, según la ley.