El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, y ahora será remitida a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria. Con esta Ley y el futuro Reglamento se transpone la Directiva de Solvencia II, una norma que supone un impulso al mercado interior del sector asegurador.
En concreto, se establece una nueva metodología para el cálculo de solvencia de las aseguradores para garantizar que cuentan con capital suficiente, se mejoran la transparencia y el gobierno corporativo y se refuerza la supervisión.
La Directiva europea se asienta en tres pilares que tienen reflejo en el Proyecto de Ley. El primero es un nuevo régimen de solvencia , basado en un conjunto amplio de riesgos, que se evalúan en un escenario estresado, seguido de la mejora de la supervisión y de mayores exigencias de información y transparencia
El proyecto traslada estos elementos al ordenamiento jurídico español. Incorpora una nueva metodología para el régimen de solvencia, que garantiza que las entidades cuenten con capital suficiente incluso en un hipotético escenario de estrés y si se dan simultáneamente una serie de riesgos. Por su parte, este nuevo modelo de cálculo de capital no va a implicar nuevas necesidades de capital para el sector asegurador español, ya que todas las entidades cuentan con solvencia suficiente.
Con esta norma también se refuerza el gobierno corporativo de las entidades aseguradoras. Incluye normas específicas sobre la honorabilidad y aptitud de quienes realizan la dirección efectiva (consejo de administración y directivos); se refuerza el control de la actividad de todos los departamentos en distintas materias, como la gestión de riesgos o el cumplimiento de la directiva; y se asegura a través de una auditoría interna que los procedimientos internos de las entidades son adecuados. También se mejoran y unifican los sistemas de información de las entidades aseguradoras al supervisor y se incrementa la transparencia de su situación financiera y de solvencia.
Además, se refuerza el papel de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), a la que se le atribuye la capacidad de dictar guías técnicas (criterios, prácticas o procedimientos que considera adecuados para cumplir la normativa de supervisión) y resoluciones. A su vez, los nuevos criterios de solvencia suponen un cambio profundo del modelo supervisor, ya que se pasa a un sistema de autorizaciones previas a uno de múltiples procedimientos: modelos internos, casamiento de activos y pasivos, aplicación de medidas de ajuste por volatilidad y clasificación de tramos de capital.
El proyecto de ley también aborda otras cuestiones que no se derivan directamente de la Directiva de Solvencia II. Así se simplifican las cargas administrativas del mercado de intermediación de seguros y se establece la posibilidad de llevar a cabo la supervisión de prácticas de comercialización de las entidades aseguradoras por parte de los funcionarios de la DGSFP, sin necesidad de que se identifiquen previamente, el denominado mistery shopping .
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