El acuerdo de negociación colectiva llega al BOE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación colectiva 2015, 2016 y 2017, acuerdo que fue firmado por las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT el pasado 8 de junio en la sede de Consejo Económico y Social (CES).

El acuerdo, que se recoge en una resolución de la Dirección General de Empleo, establece una subida salarial de hasta el 1% para 2015 y de hasta el 1,5% para el próximo año, mientras que queda pendiente de establecer, en función de los datos macroeconómicos, la relativa a 2017.

Tras muchos meses de negociación , que provocaron que la firma del acuerdo se produjera cuando ya se había cumplido casi la mitad del primer año de aplicación, los agentes sociales lograron un acercamiento definitivo de sus posturas el pasado 11 de mayo, que quedaron plasmadas en un principio de acuerdo tres días después.

El texto recoge una serie de recomendaciones para los negociadores de los convenios y establece una cláusula de garantía que se aplicará al término del año 2016 en el caso de que en el conjunto de los dos años la inflación supere el incremento pactado, es decir, que sea mayor del 2,5%.

A pesar del consenso, sólo unas horas después de cerrar el preacuerdo se hicieron públicas ciertas diferencias de criterio, especialmente entre el presidente de Cepyme, Antonio Garamendi, y las organizaciones sindicales.

Garamendi sostuvo que la subida salarial pactada abría la puerta a incrementos negativos de los salarios, a la vez que hacía hincapié en que el acuerdo no tiene carácter obligacional, sino que son una serie de recomendaciones.

Por el contrario, las organizaciones sindicales advierten al presidente de Cepyme de que en ningún caso el acuerdo ampara reducciones de salarios y recuerdan que incluye una cláusula de garantía para salvaguardar el poder adquisitivo de los salarios.

Asimismo, responden a Garamendi que si bien el acuerdo son recomendaciones para los negociadores de los convenios, sí que tiene un carácter obligacional para las organizaciones firmantes, que se comprometen a instar a sus representantes a respetar el contenido del mismo.

Servimedia