El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto-ley que prorroga los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) asociados al Covid hasta el 28 de febrero de 2022 tras el acuerdo alcanzado ayer entre el Gobierno, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme.
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha destacado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministro que se trata del sexto Real Decreto-ley que alcanzan Gobierno y agentes sociales en materia de ERTE desde el comienzo de la pandemia .
Escrivá ha cifrado en unos 1.200 millones de euros el coste, en el ámbito de la Seguridad Social, de prorrogar los ERTE y las prestaciones para autónomos entre octubre de este año y febrero de 2022. Esta cantidad hay que sumarla a los 21.000 millones de euros que han costado las anteriores prórrogas, según ha precisado.
La norma aprobada hoy contempla la prórroga de los ERTE en sus modalidades actuales hasta el 31 de octubre y, por otro, las nuevas modalidades de ERTE a partir del 1 de noviembre, para las que será obligatorio solicitar ante la autoridad laboral competente su prórroga entre el 1 y el 15 de octubre. Por tanto, los nuevos ERTE, que tendrán como elemento central la formación, se extenderán desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2022.
Las empresas deberán solicitar a la autoridad laboral la prórroga de todos los expedientes para extender los beneficios de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022. Para tramitar esta solicitud deberán presentar el listado de horas o días de trabajo suspendidos o reducidos desde julio de 2021.
Para el caso particular de los ERTE por razones económicas, técnicas organizativas o de producción, los llamados ETOP, deberán aportar el informe de los representantes de los trabajadores, según ha detallado Trabajo, que ha indicado que se mantiene la simplificación de trámites para pasar de un ERTE de impedimento a uno de limitación y viceversa, de forma que bastará sólo con comunicárselo a la autoridad laboral y a los sindicatos.
Los porcentajes de exoneración a aplicar en el mes de octubre en los ERTE de impedimento y de actividad serán los mismos que en septiembre.
Del 1 de noviembre de 2021 al 28 de febrero de 2022 entrará en vigor un nuevo esquema de ERTE en el que las exoneraciones de mayor cuantía estarán ligadas a que las empresas den formación a los trabajadores suspendidos de empleo.
Junto a estos ERTE formativos se mantendrá la modalidad de ERTE de impedimento, vinculada a la limitación de actividad ante posibles restricciones. Las empresas en un ERTE de impedimento pasarán a tener una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre de 2021, durante el periodo de cierre, y hasta el 28 de febrero.
EXONERACIÓN DEL 80% SI LAS EMPRESAS DAN FORMACIÓN
En el caso de los nuevos ERTE en vigor desde noviembre, las empresas de más de diez trabajadores tendrán un 80% de exoneración en sus pagos a la Seguridad Social si imparten formación a los trabajadores en ERTE y un 40% en caso de no hacerlo. Para las empresas de hasta diez empleados, la exención será del 80% si imparten acciones formativas y del 50% si no lo hacen.
En el caso de optar por acciones formativas, las empresas tendrán que dedicar 30 horas de formación por persona si tienen entre 10 y 49 trabajadores y 40 horas si cuentan con plantillas superiores y la formación deberá impartirse durante la jornada suspendida.
Estas actividades formativas, que deberán realizarse antes del 30 de junio de 2022, se vinculan con un aumento del crédito que se utiliza para financiar la formación programada recogida en ley del sistema de formación profesional para el empleo.
Concretamente, según ha detallado Seguridad Social, las empresas que formen a personas afectadas por este tipo de ERTE tendrán derecho a un aumento del crédito para formación de 160 euros por persona en el caso de empresas de menos de diez trabajadores; de 240 euros por persona para empresas de 10 a 49 trabajadores, y de 320 euros por persona para empresas de 50 o más empleados.
Pese a que los ERTE se extienden hasta el 28 de noviembre, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha precisado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que las empresas que hoy se sujeten a este Real Decreto-ley de prórroga tendrán que acogerse al nuevo mecanismo estructural de flexibilidad interna que se está negociando en el marco de la reforma laboral una vez que éste entre en vigor, lo que previsiblemente sucederá antes del 28 de febrero.
Dicho mecanismo estructural, que reemplazará a los ERTE Covid, incorporará la formación como condición, según ha señalado Díaz, que ha precisado que aún se está trabajando en su definición y en cómo se financiará.
Escrivá, por su lado, ha adelantado que en el mecanismo estructural existirán lo que ha llamado ERTE estructurales y ERTE cíclicos, para situaciones «más sistémicas».
«Esa doble modalidad va a existir. Vamos a trabajar en incentivos a las empresas que transiten de un ERTE a una empresa que no lo está y que esté dispuesta a contratar a un trabajador porque el objetivo es evitar al máximo que los que trabajadores tengan que salir del mercado laboral»», ha explicado Escrivá.
EXTENSIÓN DEL CONTADOR A CERO
La norma extiende el llamado ‘contador a cero’ hasta el 31 de diciembre de 2022, de forma que el tiempo consumido de desempleo por el trabajador que esté en ERTE desde septiembre de 2020 no computará cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero de 2023. «Nunca ha existido en la historia un mecanismo de protección frente al desempleo tan fuerte como el que estamos desplegando», ha destacado la vicepresidenta segunda.
También se establece en la norma una prestación extraordinaria por desempleo para las personas con contratos fijos-discontinuos, dirigida especialmente al sector turístico y concentrado singularmente en Baleares; se garantiza el ‘contador a cero’ para este colectivo, que antes no estaba garantizado, y se mantiene en el 70% de la base reguladora el importe de la prestación a recibir por los trabajadores en ERTE durante toda la vigencia de la prórroga.
Asimismo, se mantienen las condiciones de acceso a la prestación, aunque no se tenga el tiempo cotizado requerido, así como el compromiso de mantenimiento del empleo durante un periodo adicional de seis meses; la prohibición de despedir; la interrupción del computo en contratos temporales; la prohibición de horas extras, de operar en paraísos fiscales y de realizar nuevos contratos, y la imposibilidad de externalizar actividad mientras se disfrutan de los beneficios de los ERTE.
Según ha destacado Díaz, el decreto también contempla la prórroga del plan MECUIDA y de la prestación extraordinaria para los profesionales de las artes hasta el 28 de febrero de 2022.
ERTE ESPECÍFICO PARA CANARIAS
El Gobierno también ha trasladado a este decreto el acuerdo alcanzado con los agentes sociales para poner en marcha unos ERTE específicos para las empresas afectadas por la erupción del volcán en la isla de La Palma y en el conjunto de Canarias.
Estos ERTE, ha dicho Díaz, también se sujetan al plazo máximo del 28 de febrero, pero dejando la puerta abierta a prorrogar estas medidas más allá de esa fecha.
Según lo acordado, los trabajadores tendrán protección y las empresas se beneficiarán de exoneraciones de hasta el 100% de las cotizaciones sociales en el caso de ver totalmente impedida su actividad y de hasta el 90% en el caso de limitación de la actividad.
Al mismo tiempo, se ha aprobado un prestación extraordinaria de cuatro meses de duración para los autónomos de La Palma afectados por la erupción.