El Gobierno aprueba la adaptación del sector asegurador a la Directiva de Solvencia II

La adaptación del sector de los seguros a la Directiva europea de Solvencia II ya es un hecho. El Consejo de Ministros ha aprobado esta mañana el Real Decreto  por lo que se completa este proceso, que tiene como objetivo proteger a los consumidores y promover la transparencia y el desarrollo de la actividad aseguradora.

El nuevo régimen de solvencia fija las reglas para un adecuado cálculo de las provisiones técnicas, la determinación, clasificación y admisibilidad de los fondos propios y el cálculo de capital de solvencia obligatorio. Además, establece un régimen especial nacional al que pueden acogerse entidades que no superen determinados límites cuantitativos en su actividad y entidades con una serie de características.

Para garantizar una sana gestión, el sistema de gobierno de las entidades aseguradoras establecen los requisitos que deben reunir y detallan los criterios específicos de cada una de las funciones fundamentales que lo integran. También se fortalece la colaboración entre las autoridades supervisoras bajo cuya jurisdicción operen diferentes entidades que pertenecen a un mismo grupo, lo cual supone la aparición de nuevas figuras como el solegio de supervisores o el supervisor del grupo.

Con la nueva Directiva de Solvencia II se refuerza también la protección de los consumidores en lo referente a la regulación específica en los seguros de decesos y enfermedad.

Por último, se regula el contenido del plan de recuperación y del plan de financiación a corto plazo que deben presentar las entidades cuando sus fondos propios admisibles no alcancen para cubrir el capital de solvencia obligatorio o el capital mínimo obligatorio. Adicionalmente, se regula el registro de seguros obligatorios y se modifican otras normas como el Reglamento de mutualidades de previsión social, el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios y el Reglamento de planes y fondos de pensiones.

Yasmina Pena