El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, que incluye las modificaciones incorporadas por el Ministerio del Interior tras recibir las sugerencias realizadas por los órganos consultivos al texto inicial que elaboró el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz. Según Interior, el texto incorpora «todas las observaciones esenciales que se han formulado» por parte de órganos consultivos como el CGPJ y el Consejo Fiscal, así como ONG como Amnistía Internacional y Greenpeace. También asegura que «cuenta con todas las garantías en cuanto a su constitucionalidad y con un escrupuloso respeto a los derechos fundamentales y libertades públicas».
LOS PUNTOS CALIENTES DE LA NUEVA LEY
El proyecto de ley se estructura en cinco capítulos, divididos en 55 artículos. El capítulo tercero establece un marco adecuado para el trabajo de la policía y regula con mayor detalle las potestades de intervención policial. Por primera vez, se prohíbe que se hagan identificaciones indiscriminadas o por perfiles étnicos. Además se establece que los agentes podrán pedir que la persona en cuestión les acompañe a la comisaría más próxima, para proceder a esa identificación, durante un tiempo que en ningún caso podrá superar las seis horas.
Jorge Fernández Díaz ha explicado que las infracciones muy graves se sancionarán con una multa de 30.001 a 600.000 euros. Las graves, con un amulta de 601 a 30.000 euros. Y las leves con una multa de 100 a 600 euros. Además se tendrá en cuenta la capacidad económica del infractor.
En cuanto a las manifestaciones, se sancionarán las acciones violentas, agresivas o coactivas para, según el ministro, «garantizar más» los derechos de los participantes». Además se sancionará como grave la perturbación del desarrollo de una manifestación. Por otro lado, serán infracciones muy graves las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad o en sus inmediaciones, así como la intrusión en los recintos de éstas. Esto incluye centrales nucleares, petroquímicas, refinerías y depósitos de combustible, puertos, aeropuertos y centros de suministro y distribución de agua, gas y electricidad. Sin embargo, la ley no prohíbe manifestarse ante el Congreso o el Senado, siempre que se comunique debidamente a la Delegación del Gobierno.