El titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Santiago de Compostela, el juez Luis Aláez, ha citado a declarar en calidad de testigos a tres empleados de Renfe, a los que preguntará sobre las consecuencias que la elección del sistema de seguridad pudo tener en el accidente ferroviario que tuvo lugar el pasado 24 de julio a las afueras de la capital gallega y en el que murieron 78 personas.
El magistrado, en concreto, ha citado al jefe de maquinistas, José Ramón I.M.; a Ángel L.P, un trabajador la Gerencia de Seguridad en la Circulación de Viajeros de Renfe; y a José Luis R.V, un coordinador de maquinistas. Todos ellos deberán comparecer en el juzgado el próximo 7 de marzo entre las 10.00 y las 13.00 horas. El juez Aláez, de forma complementaria, ha acordado la incorporación a la causa de un correo electrónico que José Ramón I.M. y Ángel L.P. habrían intercambiado en relación al sistema de seguridad.
Estas son dos de las principales diligencias acordadas por el juez en un auto dictado hoy y que están encaminadas a dilucidar, entre otras cuestiones, las consecuencias que la elección del sistema de seguridad pudo tener en el accidente ferroviario.
Debido a la utilización de diferentes sistemas de seguridad, explica el juez, «la llamada línea de alta velocidad que une Ourense, Santiago y A Coruña es una conexión ferroviaria compleja y novedosa en nuestro sistema que tiene su origen en una decisión de los responsables de ADIF».
ALERTA POR VELOCIDAD
En el auto se afirma que «la transformación de esa línea de alta velocidad en la nueva línea parece haber supuesto para la sociedad tan solo un beneficio menor, que no ampararía o justificaría aquel incremento del riesgo, ya que presumiblemente la única utilidad que obtuvo la sociedad con aquella decisión ha sido el ahorro de unos minutos de viaje entre Ourense y Santiago como contrapartida a un importante aumento del riesgo para la vida de los cientos o miles de personas que utilizan la línea cada día, pues, eliminado el sistema ERTMS, el ASFA no avisa al maquinista del cambio o reducción de velocidad de 200 a 80 km por hora en el lugar de Angrois para transitar por la curva de A Grandeira y de no reducir la velocidad el maquinista el sistema no realiza de forma automática el frenado».
Para el magistrado, «lo que ocurre en el presente caso en que los responsables de ADIF han creado una línea de ferrocarril novedosa y especial por sus particulares características movidos por presuntos logros estrictamente comerciales que ha incrementado el riesgo para la vida humana en un tramo que, además, se presenta, aparentemente, especialmente peligroso por el diseño de la vía».
Por lo tanto, el juez Aláez considera «interesante tomar conocimiento del curso que haya podido seguir la alerta de los maquinistas días después de entrar en funcionamiento la línea sobre la situación de peligro en el lugar de Angrois y la posible insuficiencia de medidas adoptadas para afrontarlo».