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El Supremo alcanza 363 recursos admitidos contra la normativa de renovables

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite otro recurso contencioso-administrativo contra la regulación de renovables que fija los parámetros de retribución a renovables, cogeneración y residuos, después de que el Alto Tribunal rechazara la suspensión cautelar de esta normativa el pasado mes de octubre.

De esta forma, el Supremo acumula un total de 363 recursos contra la nueva normativa en materia de renovables, tras el nuevo recurso publicado este martes por este tribunal en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este último recurso, admitido por el Supremo el pasado 27 de noviembre, fue interpuesto por Bullfin contra la orden de parámetros retributivos a las tecnologías de renovables, cogeneración y residuos,

Entre los más de tres centenares de recursos interpuestos desde el pasado mes de julio se encuentran también los de Gas Natural Fenosa Renovables y Fenosa Wind, filiales de Gas Natural Fenosa. A esta larga lista de empresas y asociaciones que han recurrido la nueva regulación de renovables se sumaron también en estos meses Enel Green Power, EDP Cogeneración, Protermosolar, APPA y UNEF, entre otras.

La mayoría de los recursos van dirigidos tanto contra la orden IET/1045/2014 de junio que fijó los nuevos parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, como en contra del real decreto 413/2014 de ese mismo mes, por el que se regula la producción de energía eléctrica a partir de dichas fuentes.

El nuevo sistema retributivo para estas tecnologías establece una rentabilidad antes de impuestos de en torno al 7,5% a lo largo de toda la vida útil de la instalación conforme a distintos estándares estipulados en función de las características de las plantas.

SIN SUSPENSIÓN CAUTELAR

El pasado mes de octubre la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ya rechazó suspender de forma cautelar la nueva normativa de renovables recogida en el real decreto 413/2014 y la orden ministerial 1045/2014.

Esta decisión constaba en los tres primeros autos del Alto Tribunal en los que rechazaba las medidas cautelares presentadas por Energías Alternativas Murcianas, EnergyWorkds San Millán y Energyworks Fonz.

La suspensión «generalizada» de la orden 1045/2014 supondría «prescindir del designio legislativo», señaló el Supremo, que apuntó que «en el mejor de los casos» conllevaría «mantener de modo provisional la subsistencia de un marco retributivo anterior cuyas consecuencias negativas eran ya perceptibles».

Estas «podrían poner en riesgo la estabilidad financiera del sistema eléctrico español», advirtió, para añadir que el nuevo régimen retributivo «a la vez que trata de evitar esas consecuencias, confiesa su voluntad de permitir que este tipo de instalaciones cubran los costes necesarios para competir en el mercado, en un nivel de igualdad con el resto de tecnologías y que obtengan una rentabilidad razonable».

De igual forma, el resarcimiento posterior para los productores sería «posible en todo caso» si se admitiera que su aplicación puede generar un «inmediato perjuicio económico» para sus titulares, por lo que el Alto Tribunal no vio necesaria su suspensión.

El Supremo impuso las costas de los procesos a las partes recurrentes, si bien limitó hasta una cifra máxima de 1.000 euros la condena al pago de las costas a satisfacer a la parte contraria.

 

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