La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictaminado que el toro no se trata de un símbolo ni un emblema que represente a España. Esta ha sido la conclusión a la que ha llegado tras resolver un pleito entre las marcas Toro, de Osborne, y Badtoro.
Todo el procedimiento comenzó al interponer Osborne una demanda por la que se solicitaba que anulasen la marca Badtoro, alegando que se podría crear confusión. Ante este hecho, la marca Badtoro decidió responder interponiendo otra demanda por la que se pedía que la marca Toro de Osborne no pudiese utilizar el símbolo del toro como insignia de su marca.
Finalmente, el Supremo ha rechazado ambas peticiones. En lo referido a la petición de la marca Toro se basa en unos argumentos que dicen que la marca Toro no tiene un notorio arraigo y que además al incluir el anglicismo bad delante de toro hace que no se puedan confundir ambas marcas. En cuanto a Badtoro, el Supremo indica que el toro no se trata de un símbolo que represente a nuestro país, sino que es la tauromaquia el arte que refleja una de las tradiciones de nuestro país.
«Este uso social, que no consta que se haya generalizado, aunque no pasa inadvertido, sobre todo el algunos eventos deportivos en los que interviene una representación española, lo único que pode en evidencia es que una determinada representación gráfica del toro de lidia (no el animal, ni mucho menos su denominación) ha sido empleada -por algunos- con una finalidad de reivindicación de lo español«, así concluye el Alto Tribunal el pleito.