La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado cuatro años y medio de prisión para el expresidente de Caja Madrid y Bankia Rodrigo Rato por delito continuado de apropiación indebida en el caso de las ‘tarjetas black’ de Caja Madrid. El tribunal ratifica las líneas maestras de la sentencia que dictó la Audiencia Nacional en este asunto y confirma la comisión del delito de apropiación indebida por otros 63 exdirectivos y exmiembros del Consejo de Administración de la Caja, que se beneficiaron de estas tarjetas cuya operativa era opaca a Hacienda.
En una sentencia de 462 folios, el tribunal confirma la culpabilidad de los 65 acusados dictada por la Audiencia Nacional y rebaja la pena a los que devolvieron el dinero que gastaron con las tarjetas. Esta confirmación significa que Rato deberá entrar en prisión. El exvicepresidente del Gobierno puede aún recurrir en amparo al Tribunal Constitucional y solicitar la suspensión de su condena en tanto no se pronuncie, pero es poco probable que se paralice su ingreso en la cárcel.
Consejeros y directivos de Bankia gastaron 12,5 millones de euros con cargo a tarjetas corporativas opacas al fisco. Cuando José Ignacio Goirigolzarri llegó a la presidencia de Bankia, en 2012, se comenzaron a investigar los gastos de la entidad y entre ellos el uso de esas tarjetas que no parecían estar en consonancia con “la ortodoxia bancaria».
ATENUANTE
Las penas varían para algunos de los condenados al estimar el Supremo que la atenuante de reparación del daño aplicada a los acusados que consignaron judicialmente las cantidades que extrajeron con la tarjeta debe entenderse como muy cualificada y no simple, igual que la Audiencia Nacional apreció para quienes ingresaron el dinero directamente a los perjudicados (FROB o Bankia). Las penas firmes dictadas por el Supremo oscilan entre los cuatro meses de prisión y los cuatro años y medio de Rodrigo Rato.
En el caso del exdirectivo de Caja Madrid Ildefonso Sánchez Barcoj, la Sala estima parcialmente su recurso y rebaja de dos años y seis meses a un año menos un día de prisión por un delito continuado de apropiación indebida. El tribunal entiende que debe ser condenado por un único delito continuado de apropiación indebida y no por dos delitos (uno como cooperador necesario y otro como cómplice) por los que le condenó la Audiencia. Además, en su caso, el tribunal también le aplica la atenuante muy cualificada de reparación del daño.
La sentencia confirmada estableció como responsabilidad civil la devolución por los acusados de más de 12 millones de euros gastados con las tarjetas. De ellos, 9,3 millones se gastaron en la etapa de Miguel Blesa como presidente de Caja Madrid y 2,6 millones cuando el presidente de dicha entidad o Bankia era Rato. Ambos fueron condenados a responder civilmente de forma solidaria por las cantidades gastadas durante sus mandatos, que fue de enero de 2003 a enero de 2010, en el caso Blesa, y de febrero de 2010 a mayo de 2012, en el caso de Rato.
Blesa había sido condenado a seis años de prisión y se suicidó en julio de 2017. La Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional consideró que Blesa propició que los miembros del Consejo de Administración y los integrantes de la Comisión de Control de Caja Madrid tuvieran una tarjeta Visa de empresa contra la que disponer sin justificación del gasto «viabilizando así una percepción dineraria que acrecentaba a la dieta» constándole que las dietas eran la única retribución autorizada para esos directivos.