Etiquetas con origen, cría y sacrificio

Antes de ayer entró la nueva normativa europea sobre la etiqueta de los alimentos

¿De dónde procede la carne que nos comemos? Muchas veces nos hemos hecho esta pregunta y no hemos encontrado las respuestas. Pues a partir de ahora tendrá que saberse. Ayer entró en vigor la nueva norma sobre el etiquetado de la carne fresca, refrigerada o congelada de ovejas, cabras, cerdos y aves de corral. Con esta nueva medida, puesta en marcha por la Unión Europea para proteger a los consumidores y no engañarlo, la carne debe establecer en su etiqueta el país de «origen» del animal, donde fue «criado» y también el lugar en el que fue «sacrificado».

Con esto, la Unión Europea quiere garantizarla libre circulación de alimentos seguros y saludables, un aspecto esencial del mercado interior que contribuye, por un lado, a la salud y bienestar de los ciudadanos y, por otro, a sus intereses sociales y económicos. El objetivo de esto es lograr un alto nivel de protección de la salud de los consumidores y garantizar su derecho a la información. Por lo tanto, con esta etiqueta se debe velar porque los consumidores estén plena y completamente informados sobre los alimentos que consumen. Para esto, se ha creado la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, que regula todo aquello relativo a la seguridad de las cosas que comeremos y ayudarles a tomar una decisión con conocimiento de causa.

Pero estas no son las únicas medidas que se han tomado al respecto porque estas etiquetas deben estar adaptadas a los discapacitados visuales para que estos puedan conocer también toda la información acerca del producto que están a punto de comprar.

Información detallada

Como ordena la legislación europea, en los envases no solo debe estar detallado el origen del animal o los productos, sino que también otros aspectos como determinados ingredientes que se utilizan en la producción del alimento pero continúan presentes en el producto acabado; si provocan alergias o intolerancias en algunas personas, principalmente si son perjudiciales para su salud; aditivos alimentarios, etc.

Cabe destacar que estará prohibido que los productos engañen a los consumidores, principalmente en cuanto a sus características, efectos o propiedades. Una prohibición que se extiende la publicidad de estos productos

Por otro lado, también se han regulado normas correspondientes a la congelación y descongelación de los alimentos. Algunos productos no sufren efectos tras su descongelación, pero hay otros que sí, es el ejemplo de las carnes y pescados, que una vez descongelados porque pueden sufrir efectos en su seguridad, gusto y calidad, de forma que hay que informar al consumidor si se ha producido esta alteración.

Excepciones

La normativa solo es aplicable a aquellas empresas que realizan esta práctica con una cierta continuidad y cierto grado de organización, de forma que aquellas actividades de particulares en las que manipulen y entreguen alimentos, sirvan comidas o vendan los alimentos ocasionalmente quedan excluidos de la aplicación de este reglamento.

Quedan también exentos de añadir una etiqueta informativa sobre el producto aquellos alimentos envasados cuyo recipiente es muy pequeño y, por lo tanto, no se podría apreciar completamente toda la información.

Esta ley solo es aplicable a escasos productos de consumo diario: miel, frutas y hortalizas, pescado, productos cárnicos y aceite de oliva, aunque la Unión Europea estudiará aplicar este etiquetado obligatorio a otro tipo de alimentos, principalmente aquellos que representan más del 50 por ciento de los productos alimentarios básicos.