Facua y OCU piden a Fomento que actúe contra Ryanair por el cobro de equipaje de mano

La asociación Facua-Consumidores en Acción criticó este viernes la decisión de Ryanair de cobrar a partir de noviembre por el equipaje de mano y pidió al Ministerio de Fomento que tome medidas contra este tipo de cargos.

 

Facua señaló en un comunicado que esta medida «parece ser un intento por recuperar los gastos ocasionados por las compensaciones derivadas de la huelga» de trabajadores de la aerolínea irlandesa.

Segun la organización de usuarios, Ryanair ha justificado el nuevo cobro en que se retrasan los embarques y despegues con este tipo de equipajes, pero lo cierto es que prefiere «gravar más a los usuarios, en lugar de contratar más personal que agilice los embarques».

Facua lamenta además que Ryanair vaya a cobrar este coste incluso a los pasajeros que hayan reservado sus vuelos con anterioridad al 1 de septiembre pero que viajen después del comienzo del mes de noviembre.

La asociación rechaza que, con medidas como la anunciada por Ryanair, las aerolíneas sigan aumentando los servicios por los que se cobra al usuario y disminuyendo los incluidos en el billete. Ya en 2017, Facua reclamó una nueva reforma de la normativa del sector aéreo ante el creciente cobro de prestaciones que deberían estar incluidas en el precio del billete.

Facua se queja de que las aerolíneas «están devaluando las prestaciones por la compra de pasajes para vender como extras cuestiones tan básicas como poder sentarse al lado del acompañante, realizar el embarque con varios días de antelación, viajar con maletas o llevar un equipaje de mano de tamaño razonable a bordo».

 

OCU

Además, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) solicitó este viernes a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) que estudie la posible ilegalidad del «abusivo» cobro de equipaje de mano que aplicará Ryanair a partir de noviembre.

La OCU ha dirigido una carta a la agencia dependiente del Ministerio de Fomento para que investigue si la aerolínea irlandesa está incumpliendo la Ley de Navegación Aérea, en concreto su artículo 97, que establece expresamente que “el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos. El exceso será objeto de estipulación especial».

Este precepto añade que «no se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave”.

Para OCU, este cargo adicional decidido por Ryanair «incumple la normativa en vigor aplicable, es contrario a las buenas prácticas y totalmente abusiva para los derechos de los consumidores».