Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Giménez-Salinas explica el tratamiento y naturaleza de las aportaciones de socios

Es importante que en un escenario económico complejo y cambiante como el actual, la ciudadanía pueda incorporar conocimientos específicos en materia de derecho y contabilidad, donde el tratamiento y naturaleza de las aportaciones de socios se convierte en una de las principales temáticas a explorar.

Desde el bufete de abogados Giménez-Salinas se dedican a mejorar la gestión de las aportaciones de socios teniendo como ejes los años de experiencia, el asesoramiento legal personalizado y la rentabilidad financiera a largo plazo.

Aportaciones de socios, ¿qué son y para qué sirven?

Según el Plan General de Contabilidad, el tratamiento y naturaleza de las aportaciones de socios es un proceso que llevan a cabo los socios mediante el esquema que se conoce como “a fondo perdido”, es decir, sin recibir una contraprestación por el grupo societario. A su vez, las aportaciones de socios no generan ningún derecho de crédito en favor del socio que efectúa el aporte correspondiente y tampoco existe la creación de nuevas participaciones o estrategias dentro de la sociedad.

Las aportaciones de socios no solo son un tratamiento de compensación de pérdidas, sino que también sirven para fortalecer la liquidez en situaciones límite, financiar nuevos proyectos e ideas, o recuperar el equilibrio patrimonial después de cometer graves errores empresariales que perjudican a la sociedad en su conjunto.

Con una adecuada gestión de las aportaciones de socios, las sociedades tienen la oportunidad de evitar disoluciones a causa de una inestabilidad financiera. Desde el bufete de abogados Giménez-Salinas cuentan con un equipo de especialistas en el abordaje de las aportaciones de socios, un sistema ideal para quienes desean alcanzar el crecimiento económico.

¿Qué requisitos se deben cumplir en las aportaciones de socios?

Existen una serie de requisitos que las empresas deben cumplir en las aportaciones de socios.

El artículo 9 de la RICAC (Instituto de Contabilidad y Auditorías de Cuentas) es el que contempla estas solicitudes; la certeza de la incorporación de los activos al patrimonio de la sociedad o de la condonación de la deuda, la identidad de los aportantes y el porcentaje de participación que tienen dentro de la sociedad, y el importe de los activos aportados por cada socio.

También es requisito corroborar que la razón objetiva de la aportación es el incremento de los fondos propios de la sociedad. Esto ayuda a certificar si las aportaciones de socios se adjudican al patrimonio neto o se inscriben en el pasivo.

Teniendo en cuenta que pueden surgir dudas con respecto a las aportaciones de socios, el despacho de abogados Giménez-Salinas se dedica a acompañar de forma constante a sus clientes, adaptándose a sus necesidades mediante un abordaje integral, amplio y seguro.

{DF} +Leídas