La Abogacía del Estado, acusación particular en el caso Nóos en representación de la Agencia Tributaria (AEAT) acusa a la Infanta de «venir disfrutando» de los bienes con los que su marido, Iñaki Urdangarin, «se ha lucrado» al presuntamente haber defraudado a Hacienda hasta un total de 337.138 euros en 2007 y 2008.
Por ello, en el escrito de calificación que presentó este martes ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, los servicios jurídicos del Estado reclaman que haga frente al pago de 168.571 euros como partícipe a título lucrativo de los efectos de los dos delitos fiscales supuestamente cometidos por su esposo.
Se trata de la mitad del dinero defraudado en las cuotas del IRPF de Urdangarin durante los anteriores ejercicios, y que se concretan en 182.005 euros en 2007 y 155.138 en 2008. Según sostienen las acusaciones, Urdangarin se sirvió de la mercantil Aizoon, de la que es copropietario al 50 por ciento junto a la Infanta, como instrumento para llevar a cabo esta actuación delictiva.
La Abogacía también reclama una fianza de responsabilidad civil a Ana María Tejeiro, mujer del exsocio de Urdangarin, Diego Torres, en su caso por un total de 221.484 euros, la mitad de la cuota que su esposo habría defraudado en el impuesto de sociedades en 2007 -442.968 euros-.
La AEAT justifica su petición en que los fondos fueron destinados a «servicios y suministros que repercutían en beneficio de ambas cónyuges», al tiempo que, incide, «han venido disfrutando de los bienes con los que ambos acusados se han lucrado, participando de esta forma de los efectos de los delitos contra la Hacienda Pública objeto de este escrito».
En el caso del Duque y de su exsocio, la Abogacía reclama tres años y medio de cárcel para cada uno de los acusados por los supuestos delitos fiscales en que incurrieron, además de hacer frente a las cuotas dejadas de pagar a Hacienda. La AEAT pide de esta forma que el juez José Castro abra juicio oral contra ambos acusados.
En lo que al marido de la Infanta se refiere, Hacienda basa sus acusaciones en las retribuciones que percibió procedentes de entidades privadas por su condición de consejero asesor y que, sin embargo, eran facturadas a través de Aizoon como rendimientos de actividades económicas, con el objetivo de tributar menos en su declaración de la renta.
En concreto, las empresas de las que cobró Urdangarin, cuyas retribuciones facturó a través de Aizoon y que según la AEAT deben ser consideradas rentas de Urdangarin e integrarse en su IRPF, son Motorpress Ibérica, Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard (Francia), Havas Sports France y Seeliger y Conde. Sus responsables han sido interrogados como testigos, a lo largo de la instrucción del caso Nóos, por parte de Castro.
Hacienda recalca que, para defraudar, el Duque utilizó un concepto distinto en la descripción de los servicios facturados que no estaba sujeto a retención, y se sirvió de Aizoon como ‘tapadera’ para cobrar las asesorías como si se tratara de rendimientos de actividades económicas y no de trabajo personal.
EUROPA PRESS