La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Vodafone con 50.000 euros por una infracción grave al considerar probado que llamó reiteradamente a un usuario de otra operadora para ofrecerle sus servicios, pese a que este había mostrado su oposición al uso de sus datos por carta.
El usuario aportó a la AEPD un listado de llamada en el que aparecen más 250 números desde los que le habrían ofrecido contratar los servicios de la empresa.
Asimismo, la AEPD señala que desde que envió su carta de oposición para no recibir ofertas hasta que finalmente fue incluido en el listado de exclusión publicitaria pasaron casi 3 años.
Vodafone y el usuario pueden poner aún un recurso de reposición en el plazo de un mes, según la resolución, que podría suspenderse en ese caso de manera cautelar hasta el fallo final.