La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del magistrado instructor de ‘Tándem’, Manuel García-Castellón, de imputar a la persona jurídica de Iberdrola Renovables por un presunto delito de cohecho por los encargos que habría realizado al comisario jubilado José Manuel Villarejo cuando estaba en activo en el llamado proyecto ‘Wind’.
En un auto fechado el 12 de noviembre, la Sala desestima el recurso presentado por la compañía al considerar que los hechos contenidos en el auto del titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, en el que se le atribuye la condición de investigada, contiene la motivación o fundamentación suficiente.
Además, los magistrados de la Sección Tercera rechazan también en otro auto el escrito presentado por el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, en el que solicitaba que se estableciera que él no formaba parte del órgano de gobierno de la filial de Renovables cuando ésta habría encargado el proyecto ‘Wind’ a Villarejo.
Además, Sánchez Galán pidió en un escrito del pasado 11 de julio al magistrado instructor que corrigiera dos «errores materiales» que la defensa había observado en el auto del día 9, por el que imputó a Iberdrola Renovables (IRE) y archivó la querella presentada por Iberdrola contra su ex director de Control de Funciones Corporativas José Antonio del Olmo.
PRONUNCIAMENTOS «PREMATUROS» DEL JUEZ
Por su parte, el magistrado instructor se negó a esta corrección al entender que en realidad la petición de Sánchez Galán no buscaba enmendar un «error material», sino «impugnar el relato fáctico de los hechos». García-Castellón le emplazó entonces a que acudiese a la Sala para conseguirlo.
La Sala rechaza ahora el recurso y explica que el escrito presentado por Galán en el juzgado solicitando la rectificación material, al tratarse de dos declaraciones de la fundamentación jurídica «sin trasunto en la parte dispositiva, como se reconoce en el recurso, a criterio del tribunal debe decaer, dada la provisionalidad de la resolución combatida y la finalidad perseguida por el instructor con su dictado».
En un tercer auto, los magistrados acuerdan revocar el sobreseimiento acordado en el mismo auto de 9 de julio respecto del propio del Olmo, al que vuelve a imputar por un presunto delito de falsedad documental. Además, la Sala también ha decidido devolver la condición de acusación particular a Iberdrola, en contra de lo acordado por el juez.
La Sala, que considera que esos pronunciamientos de García-Castellón «resultan prematuros», conmina al magistrado a determinar si el documento cuya manipulación se atribuye a Del Olmo le resulta necesario para la investigación de los hechos objeto de esta pieza separada o para corroborar las declaraciones que, como testigo, pudiera efectuar el exdirectivo sobre los hechos objeto de investigación.
VUELVEN A IMPUTAR A DEL OLMO
En caso afirmativo, la Sala cree que el pronunciamiento sobre la posible falsedad de ese documento o inveracidad de los manifestado por el testigo, deberá posponerse hasta la conclusión de la investigación y, en caso de producirse, del enjuiciamiento de los hechos supuestamente delictivos por los que se sigue esta pieza separada.
Iberdrola se querelló contra Del Olmo por un presunto delito de falsedad en documento privado, alegando que el informe elaborado por el ex directivo sobre contabilización de facturas anómalas por la Dirección de Seguridad Corporativa de 1 de diciembre de 2004 era un ‘dossier’ manipulado que se había creado para perjudicar a la compañía.
Sin embargo, García-Castellón acordó el sobreseimiento para Del Olmo sin ni siquiera entra a estudiar el fondo del asunto al concluir que el presunto delito estaría prescrito. Conforme a su explicación, se trataba de un ilícito de consumación instantánea que solo es perseguible durante cinco años, de modo que, siendo los hechos de 2004, la eventual responsabilidad criminal habría caducado.
Para la Sala, si el instructor concluyera que el documento tachado de falso o manipulado fuera ajeno a la investigación de esta pieza, deberá entonces dictar una resolución motivada que sería susceptible de ser atacada mediante los recursos establecidos en la ley, apartando de esta pieza la querella interpuesta por Iberdrola contra Del Olmo para que el órgano judicial competente inicie la correspondiente investigación o establezca la posible prescripción de los hechos.
LA INVESTIGACIÓN A EÓLICA DOBROGEA
Fue el pasado mes de julio cuando García-Castellón imputó a la persona jurídica de Iberdrola Renovables por un presunto delito de cohecho. El magistrado señaló entonces que la filial habría contratado a Villarejo a finales de 2011 a través del entonces director de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, para investigar a la empresa suiza Eólica Dobrogea, a su accionista mayoritario Chrisopher Kaap y a su apoderado Corneliu Dica.
Iberdrola Renovables se había aliado con la compañía eólica para desarrollar una serie de proyectos en Rumanía, pero con el tiempo surgieron conflictos que se acabaron resolviendo de forma favorable a la eléctrica española en un procedimiento arbitral.
Estos hechos serían imputables a empleados y directivos de Iberdrola Renovables, decía el juez, recordando que en el momento en el que se habría contratado y ejecutado ‘Wind’ el presidente del Grupo Iberdrola, y en concreto de Iberdrola Renovables, era Ignacio Sánchez Galán, mientras que el director general de Negocios era José Luis San Pedro, ambos investigados.
Sin embargo, García-Castellón entendía que también habría responsabilidad penal para la entidad al considerar indiciariamente acreditado que el supuesto encargo a Villarejo no se realizó a título individual por parte de los directivos y empleados de la compañía, «sino que se hizo en nombre o por cuenta de la mercantil Iberdrola Renovables Energía SA y en beneficio de la propia compañía».
El instructor destacaba en este sentido que la factura emitida el 14 de febrero de 2012 por Cenyt –buque insignia del grupo empresarial de Villarejo– por importe de 29.500 euros en concepto de servicio des de apoyo y logística de seguridad a personal en Rumanía fue pagada por Iberdrola Renovables, «evidenciando con ello que la actuación de los investigados, como personas físicas, se llevó a cabo en todo momento en nombre y por cuenta de la propia compañía».