La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que el Gobierno debe realizar determinadas modificaciones en el proyecto de real decreto que establece la fórmula para fijar el índice que determina las tasas aeroportuarias, porque incluye servicios que no debería considerar fuera del control de Aena.
Así lo indica la CNMC en el informe sobre el proyecto de real decreto por el que se desarrolla el Índice de Actualización de las Tarifas Aeroportuarias de Aena, el ‘Índice P’.
Las compañías aéreas pagan unas tarifas al gestor aeroportuario español (Aena) por utilizar sus servicios. Esas tarifas se ajustan anualmente a través de una fórmula que tiene en cuenta, por un lado, los márgenes de cada servicio y por otro, el cumplimiento de determinados parámetros de calidad e inversiones que tiene Aena por ofrecer esos servicios a las aerolíneas.
Esas tarifas determinan parte del precio de los billetes de avión que luego pagan los viajeros a las compañías con las llamadas tasas aéreas.
Uno de los elementos que hay que tener en cuenta para calcular las tarifas tiene que ver con lo que cada año varía el precio de elementos cuyo control no depende de Aena, por ejemplo los sueldos del personal público, los costes de navegación aérea, de la energía eléctrica o de los tributos locales.
En todo caso, la CNMC advierte de que en la propuesta de cálculo que el Ministerio ha presentado a la CNMC ha incluido varios servicios en los que AENA sí que puede tener un control significativo sobre los precios y ejercer su poder negociador.
Se trata de servicios que contrata mediante licitación pública y para los que existen varios proveedores: los servicios de seguridad, los servicios de reparación y conservación, los servicios de limpieza y recogida de carros, los servicios de atención a personas con movilidad reducida y los servicios de apoyo intensivos en mano de obra.
Por todo ello, la CNMC en su informe considera que la fórmula de cálculo del llamado ‘Índice P’, en el que se recogen los costes sobre los que Aena no tiene control, no es coherente y con los principios de eficiencia y buena gestión empresarial requeridos por la Ley de desindexación de la economía española.