La Comisión Nacional de Mercados de la Competencia (CNMC) es partidaria de un cambio de regulación de los servicios de atención telefónica al cliente con tarificación adicional, tal y como ha anunciado el Ministerio de Consumo, y ha impuesto en los últimos años numerosas multas a empresas y operadores por el uso indebido de las conocidas como líneas 902.
El regulador impuso la última batería de sanciones el pasado junio, por un montante total superior a 150.000 euros. Fue a cinco operadores de telefonía, por ofrecer a empresas la contratación de líneas 902 a cambio de un beneficio económico.
En su resolución, Competencia destacaba que el precio de estas llamadas resulta más elevado para los consumidores que las llamadas a números geográficos, al tratarse de “un número que no está incluido en las tarifas planas que son mayoritarias en la contratación de servicios de telefonía y esto permite al operador fijar el precio que considera oportuno”. “Por ejemplo, si se llama desde un fijo, el precio suele ser similar al de una llamada interprovincial, mientras que si se hace desde un móvil, el precio suele ser aún más elevado”, señala la CNMC.
Además, destacaba que la normativa no prevé qué servicios se deben prestar a través de esta numeración. En todo caso, sí que prohíbe expresamente la retribución al abonado (o empresa) que contrata la numeración 902. Esto significa que la compañía a la que el usuario llama para recibir una información no puede recibir dinero o servicios por la llamada. Es decir, el usuario tiene que pagar el coste íntegro de la llamada a su compañía telefónica.
“Por este motivo, las asociaciones de consumidores llevan años librando una batalla contra el uso del 902 en los servicios de atención al cliente. Consideran que deben ser gratuitos para los ciudadanos y reclaman un cambio en la regulación”, explica la comisión. “La CNMC también se ha manifestado varias veces sobre los 902 con el fin de proteger a los usuarios de estas líneas de tarificación especial”.