La CNMC quiere que se incentive la posibilidad de aplicar descuentos en los productos dietéticos

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pide que se incentive la posibilidad de aplicar descuentos en la facturación de productos dietéticos, al igual que ocurre con ciertas limitaciones en el caso de los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS).

Esta es una de las recomendaciones del organismo regulador recogidas en su informe relativo al proyecto de orden ministerial que establece el factor común de facturación de productos dietéticos, en el que pide que se incentive la aplicación de descuentos «de manera que todos los operadores puedan competir, además de en la potencial calidad del servicio prestado, en precio».

De igual forma, aconseja que la normativa contemple la no aplicación del mismo margen a todos los operadores para que pueda existir diferenciación entre los operadores (ya sean distribuidoras o farmacias) que se comporten de forma eficiente de los que no se comportan de esta forma.

El proyecto de orden ministerial tiene como finalidad establecer los coeficientes correctores necesarios para calcular el importe de facturación de los productos dietéticos de manera desglosada que permita determinar el margen para la distribuidora y el margen de las oficinas farmacia.

El proyecto modifica el artículo 3 de la orden de 2012 , y este tipo de productos dietéticos incluye aquellos dirigidos a una alimentación especial, que han sido elaborados o formulados especialmente para el tratamiento dietético de pacientes bajo supervisión médica financiables por el SNS.

En general, la normativa nacional aplicable al sector ha permitido hasta ahora la dispensación de medicamentos y productos farmacéuticos a precios intervenidos o regulados, siempre que se cumplieran dos condiciones: que se dispensaran en territorio nacional y que además se financiaran con fondos públicos.

No obstante, la fijación de precios limita las posibilidades de los operadores de seguir estrategias de diferenciación de precios para competir en el mercado, con efectos tanto a corto plazo como desde un punto de vista dinámico.

En este caso este proyecto de orden supone ampliar el sistema de precio fijo a ciertos productos no considerados medicamentos, lo que extiende a este ámbito los problemas de conciliación de este mecanismo con la libertad de empresa consagrada en el artículo 38 de la Constitución de 1978.

En su Informe, la CNMC señala que el proyecto implica una modificación esencial de la normativa anterior, puesto que lo único que realiza es especificar cuál es el margen que se fija para el distribuidor y cuál para la farmacia, ya que antes se determinaba sin distinción, sin que ello implique un mayor coste para el SNS. Esta metodología, explica Competencia, es similar a la utilizada para la financiación de medicamentos de uso humano.

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