La comisión de amortización para las hipotecas bajará a la mitad

Las comisiones que podrán cargar los bancos cuando el cliente amortiza su hipoteca estarán topadas en el 2% si la operación estaba contratada a tipo fijo y del 0,25% en caso de ser su precio variable, casi la mitad de lo establecido en el proyecto de ley de crédito inmobiliario que el exministro Luis de Guindos llevó al Congreso.

La rebaja ha sido acordada por los grupos parlamentarios, que prevén llevar el proyecto negociado de ley la próxima semana a la Comisión de Economía para su aprobación con intención de que supere el trámite en el Pleno del Congreso en diciembre y pueda cerrarse en febrero en el Senado.

El proyecto original establecía un cargo máximo del 0,25% para reembolsos y amortizaciones anticipadas totales o parciales durante los primeros cinco años de vigencia del préstamo y del 0,50% dentro de los tres primeros en operaciones a tipo de interés variable.

En el caso de los préstamos a tipo fijo, los porcentajes máximos estimados en aquel proyecto eran del 4% de la cantidad anticipada si esta se efectúa en los 10 primeros años y del 3% si es con posterioridad. En la actualidad no existe límite legal alguno para los préstamos a tipo fijo.

Los diputados han acordado reducir la tarifa al 1,5 y 2% en operaciones a tipo fijo, en función de que la amortización ocurra dentro de los citados primeros diez años o con posterioridad.

Para tipos variables proponen otra fórmula: que banco y cliente acuerden si aplicará un 0,15% en los primeros cinco años o alternativamente y de manera «excluyente» que sea el 0,25% dentro de los primeros años.

Así lo indicaron hoy los diputados del PSOE Gonzalo Palacín; del PP Carlos Floriano, y de Unidos Podemos Rafael Mayoral, al término de la reunión donde los partidos negocian la reforma hipotecaria.

En la reunión de hoy, los partidos han acordado también la creación por ley de un mecanismo que permita a las entidades financieras repartirse los costes de constitución del préstamo (notaría, registro, impuesto de actos jurídicos documentados) en caso de subrogación.

La fórmula está ligada a los intereses cobrados, de forma que, si por ejemplo, el banco original había ingresado el 15% de los intereses asociados al préstamo cuando el cliente decide llevar su crédito a otra entidad, la entidad que se subrogue en la operación deberá compensarle por el 85% de los costes que había asumido con la formalización del préstamo.

El diputado socialista explicó que se arbitra para evitar incentivos perversos ya que, de no equilibrar los costes, «quedaría un mercado donde las entidades solo querrían subrogar» al evitarse dichos costes. «Con esto se compensa y se garantiza que haya un tráfico y una competencia clara en el sector», indicó Palacín.

«Nosotros no estábamos de acuerdo en establecer una penalización anticipada», refirió el diputado de Unido Podemos, Rafael Mayoral, que considera «claramente insuficiente» el ajuste finalmente acordado.

En la reunión de hoy los partidos han avanzado además en las clásulas de vencimiento anticipado cimentando un principio de acuerdo para que la nueva fórmula no se apliquen en los procedimientos judiciales en marcha, y a la espera de resolución de la Corte de Luxemburgo.

Los diputados retomarán los flecos pendientes el próximo martes con intención de acabar de consesuar el texto definitivo en la reunión que celebra ese día la Comisión de Economía del Congreso.