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La Eurocámara aprueba una directiva para que sea delito la violación y elusión de las sanciones en la UE

El Parlamento Europeo ha aprobado este martes la directiva que permitirá perseguir como delito la violación y elusión de la sanciones en el bloque, armonizando la respuesta e introduciendo una definición común y penas mínimas.

A fin de establecer estándares comunes ante la desigual aplicación de las sanciones europeas en los Estados miembros, la directiva establece definiciones coherentes para las infracciones, entre ellas no congelar fondos, no respetar las prohibiciones de viajar o los embargos de armas, transferir fondos a personas sujetas a sanciones o hacer negocios con entidades estatales de países sancionados.

Hasta ahora existe una disparidad en la UE a la hora de hacer cumplir las sanciones, ya que se adoptan a nivel comunitario pero la aplicación depende de los Estados miembros, que por el momento contaban con distintas definiciones de lo que es violar las sanciones así como las penas asociadas.

Con este paso también se pondrá cerco a la elusión de las sanciones y se perseguirá como un delito. Ocultar o transferir fondos que deberían estar congelados, ocultar la verdadera propiedad de bienes y no comunicar la información necesaria se considerará burlar las sanciones y será un delito en toda la UE. Queda fuera del alcance de la directiva la ayuda humanitaria o el apoyo a las necesidades humanas básicas al entender que no tienen que verse como violaciones de las sanciones.

De esta forma se busca dar instrumentos a la justicia para perseguir este tipo de violaciones de las sanciones europeas, incluyendo sanciones que puedan resultar disuasorias. La normativa dará a los jueces una amplia variedad de medios para castigar a los infractores. Además de las infracciones intencionadas, el comercio de armas o de productos de doble uso también se penalizaría en caso de negligencia grave.

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