La Junta de Andalucía recuerda que el día 30 finaliza la prórroga automática del bono social

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía recordó este viernes que el próximo 30 de septiembre finaliza el plazo de la prórroga automática del periodo de disfrute del bono social aprobada por el Gobierno como medida extraordinaria durante el estado de alarma para aquellas personas a las que les vencía el bono con anterioridad a dicha fecha, informa Servimedia.

Si no se renueva en plazo, a partir de la siguiente factura se comenzará a aplicar la tarifa regulada correspondiente a PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), sin perjuicio de que se pueda cursar una nueva solicitud para acogerse al bono social, advirtió el Gobierno andaluz.

En el caso de las familias numerosas, mientras se encuentre vigente el título que acredite dicha condición no será necesario solicitar la renovación del bono social y en el resto de casos esta se deberá solicitar a la comercializadora de referencia.

Una vez recibida la solicitud y comprobada la documentación, la empresa dispone de 15 días hábiles para comunicar la aprobación de la renovación, la denegación de la misma o para requerir documentación incompleta, caso en el que contará con otros 15 días hábiles para dar una respuesta.

De aprobarse la renovación, la misma será por un plazo de dos años, siempre que se mantengan las condiciones que dan derecho a percibirlo.

En este caso, la comercializadora comunicará la renovación del plazo indicando la fecha hasta la que resultará de aplicación así como el nuevo descuento de aplicación desde la fecha de renovación en el caso de que se produzca algún cambio en las circunstancias de la persona solicitante que haga que pase de tener la condición de vulnerabilidad (corresponde un descuento del 25%) a vulnerabilidad severa (corresponde un descuento del 40%) y viceversa.

Si durante el periodo de vigencia del bono social se produce algún cambio que suponga la pérdida de la condición de persona consumidora vulnerable es obligatorio comunicarlo a la comercializadora de referencia en el plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio.