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La letra pequeña que hay que leer de la Tarifa Plana de cotización

Las empresas que contraten de manera indefinida a nuevos empleados, gozarán de una ventaja: cotizarán 100 euros al mes por empleado durante dos años. Es es el Real Decreto que se ha aprobado hoy en Consejo de Ministros, la conocida como Tarifa Plana de los 100 euros.  Rafael Pampillón, economista del IE Business School cree que “cualquier reducción está bien, aunque no es la que tomaría yo”.

Afirma el economista de que esta medida afecta a las nuevas contrataciones pero que debería “aplicarse una reducción lineal porque es mucho más transparente y más justa”. Un empresario que lleva años contratando y creando puestos de trabajo fijos no podrá beneficiarse de esta medida, que a juicio de Pampillón “es una chapuza porque las cotizaciones están muy altas, es mejor que se bajen todas, sin excepciones”.

¿Cualquier empresa se beneficiará de la tarifa plana de 100 euros? No, tendrá que cumplir una serie de requisitos, la letra pequeña de la medida “estimulante” de empleo creada por el Gobierno y que se ha aprobado en Consejo de Ministros:

  • Pueden hacer uso de la nueva tarifa todas las empresas o autónomos, independientemente de su tamaño.
  • Solo se puede usar en las nuevas contrataciones de carácter indefinido, sin retroactividad.
  • Se beneficia de este arancel todos los futuros empleados, sin tener en cuenta su edad.
  • Si usted ha contratado a un trabajador de manera indefinida el 25 de febrero de 2014 puede aplicar esta nueva cotización que estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año.
  • La cotización se reducirá teniendo en cuenta la jornada del trabajador. Esto afecta a las empresas que contraten de manera parcial, si el empleado trabaja un 75% del tiempo completo, tendrá una cotización de 75 euros. Siempre y cuando esta contratación aumente en el tiempo.
  • En el caso de las microempresas con menos de 10 trabajadores, durante ese tercer año podrán aplicar una reducción del 50%, mientras que en el que en el resto de casos la cotización será la normal.
  • Solamente dura 24 meses, después la cotización que se aplicará será la general. Eso sí, el empleador está obligado a mantener la contratación durante tres años, lo que, según Pampillón “quita flexibilidad a las empresas a la hora de despedir”.
  • La empresa no habrá podido realizar despidos colectivos ni improcedentes en los 6 meses anteriores.
  • Si la empresa/autónomo se adhiere a esta medida y lleva a cabo un despido que más tarde sea declarado improcedente por un juez, perderá la ayuda y tendrá que abonar la bonificación con intereses y recargos aplicables.
  • Si no se cumple con los requisitos anteriormente citados y falta a su acuerdo en el primer año tendrá que abonar el 100% de las bonificaciones; si ocurre en el segundo año el 50% y si es en el tercer año tendrá que pagar el 33%.
  • Esta rebaja en la cotización sólo se aplicará en el sector privado, y no en las administraciones ni empresas públicas.
  • El empresario debe estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.

También anunció Rajoy una medida aplaudida por Pampillón: los trabajadores que cobren 12.000 euros anuales no tendrán que pagar el IRPF. Una regla del juego que va a permitir “que esas personas tengan más dinero disponible y lo dedicará al consumo”. Pero el economista hace una lectura más allá de la simple bajada de impuestos, cree que se combatirá la economía sumergida porque “al empleador le compensará contratar a un nuevo trabajador” y además añade que se “incentivará el empleo” porque muchas personas se animarán a cobrar porque su sueldo no tendrá ninguna retención fiscal, la cifra será íntegra y “abandonarán el ejército de parados”.

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