Las cinco comercializadoras de referencia ofrecerán una tarifa fija anual hasta un 30% superior a la media registrada en abril, con una diferencia de hasta 105 euros respecto al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), según las ofertas facilitadas por las compañías a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La diferencia existente para un pequeño consumidor entre contratar la oferta más barata y la más cara disponible en este momento en el mercado supera en la actualidad los 100 euros al año.
La CNMC explica que en el contexto actual de evolución de los precios de los mercados de contado, estas ofertas son «considerablemente superiores» a la opción del precio de venta del pequeño consumidor (PVPC), si bien esta última está sujeta a las variaciones derivadas de las cotizaciones del mercado.
La diferencia de precios entre las ofertas anuales presentadas por las cinco comercializadoras de referencia oscilan entre un 5%, siendo la tarifa fija de Endesa la más elevada, que frente a la de EDP, la más barata.
En concreto, la tarifa fija anual de Endesa es de 723,4 euros, la de Gas Natural Fenosa de 718 euros, la de E.ON de 714,58, la de Iberdrola de 696,47 euros, y la de EDP de 687,29 euros, según consta en el comparador de ofertas de electricidad y gas de la CNMC. Así, la tarifa fija anual más elevada, de Endesa, es 105,55 euros más cara que la oferta más barata del resto de alternativas disponibles en el mercado con precios fijos para un año, correspondiente a Alcanzia, con un importe anual de 617,85 euros.
Además, el comparador muestra que para un consumidor de 3,3 kilovatios de potencia y 3.000 kilovatios hora (kWh) anuales de consumo, el coste anual del PVPC asciende en la actualidad a 650 euros.
Ante la diferencia actual entre las ofertas anuales y la media del precio de la electricidad marcada en el mercado, derivada de la caída registrada en el primer trimestre, el regulador recomienda «prudencia» en la contratación, sobre todo teniendo en cuenta que la rescisión anticipada conlleva una penalización que no incluyen otras ofertas disponibles en el mercado más competitivas.
El organismo presidido por José María Marín Quemada advierte de que la contratación de este tipo de productos debe realizarse después de comparar «cuidadosamente» otras ofertas disponibles en el mercado, dado que «no todas ellas son directamente comparables» al incluir diferentes «condiciones y servicios».
«El consumidor debe conocer con claridad antes de contratar cualquier oferta de electricidad, las condiciones de la misma que figuren en su contrato, y en particular, el compromiso de permanencia, la obligación de contratación de otros servicios adicionales, la actualización de los términos de la oferta y los servicios adicionales al suministro ofrecidos sin coste alguno», indica la CNMC en una nota.
En cualquier caso, Competencia recuerda que los consumidores de electricidad de potencia contratada inferior o igual a 10 kilovatios (kW) tienen tres opciones de contratación del suministro de electricidad.
Aparte de la alternativa para el suministro de electricidad a precio fijo durante un año, los usuarios pueden optar por la opción regulada del precio voluntario vinculado a la evolución del precio del mercado mayorista de contado o la posibilidad de contratar cualquier oferta disponible en el mercado.
La nueva metodología de cálculo de los PVPC de energía eléctrica aprobada por el Gobierno estableció que las comercializadoras de referencia debían ofrecer a sus clientes estos precios que se mantendrán fijos durante un periodo de un año desde el momento de su contratación, con el fin de ofrecer un precio más estable que el precio voluntario.