Los últimos datos difundidos por el Consejo General del Notariado revelan que, durante el primer semestre de 2022, se adjudicaron en España 177.275 herencias. La mayoría de estos trámites corresponden a los herederos forzosos, es decir, aquellas personas que siempre tienen derecho a heredar, aunque no haya testamento escrito.
Los expertos del escritorio jurídico López Morueco Abogados explican que los herederos forzosos son los hijos o descendientes. A falta de estos, corresponde entonces a los padres o ascendientes directos. Si estos ya han fallecido, la condición de heredero legítimo la asume el viudo, la viuda o la pareja de hecho.
Siempre hay derecho a reclamar una herencia
Ruth López Morueco, abogada en ejercicio desde hace 20 años, especializada en derecho de Familia indica que esta figura está contemplada en el Código Civil. Específicamente, se explica en los artículos 806 a 822, donde se establece que no podrán ser privados de sus derechos por parte del testador.
Esta experta en herencias advierte, sin embargo, que existen supuestos de desheredación establecidos en la ley. El artículo 848 del Código Civil indica que para estas decisiones hay causales y que estas deben ser expuestas ante un juzgado. Es un proceso que debe llevar a cabo el propio testador con la debida asesoría jurídica.
A los herederos forzosos les corresponde un tercio del patrimonio total de la herencia, dividido en partes iguales. Esta es la porción que, salvo la excepción explicada en el párrafo anterior, no puede ser objetada. El segundo tercio de la misma puede ser adjudicada a cualquiera de estos herederos, por indicación expresa del testador. El último tercio se puede adjudicar por decisión libre a una persona o grupo que esté dentro o fuera del grupo de herederos forzosos.
La figura de heredero forzoso y los hermanos
Cuando se va a repartir una herencia normalmente surgen muchos interrogantes sobre los criterios que se deben aplicar. La abogada Ruth López Morueco indica que en la mayoría de los casos esas dudas surgen por no conocer en detalle lo que especifica la ley. Por esa razón, lo más recomendable siempre es buscar el apoyo de un abogado experto en derecho de Familia y específicamente en herencias.
Una de las consultas más recurrentes tiene que ver con los hermanos y su condición como herederos forzosos. La jefa del bufete López Morueco Abogados aclara que estos no son considerados por la ley con esta figura. Según las leyes vigentes, se les considera herederos de segunda línea y por esta razón no entran dentro de la distribución forzosa.
Para convertirlos en herederos, el testador debe cumplir ciertos procesos previos con los que logrará asignarles derechos de sucesión. La experta añade que en estos casos también es conveniente contar con una adecuada asesoría legal para evitar contratiempos. Esta proporcionará los conocimientos legales que ayudarán a definir cómo se reparte la herencia en esas circunstancias.