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Los sindicatos ratifican el preacuerdo para regular el teletrabajo

Las comisiones ejecutivas de CCOO y de UGT ratificaron este martes el preacuerdo alcanzado en el diálogo social con el Gobierno para regular el trabajo a distancia y que el Consejo de Ministros prevé aprobar hoy, informa Servimedia.

Ambas organizaciones informaron de que sus respectivas ejecutivas han dado el visto bueno al texto, después del preacuerdo alcanzado ayer, lunes, entre el Gobierno y los agentes sociales.

El secretario general de CCOO, Unai Sordo, destacó en unas declaraciones difundidas por la organización que es un “acuerdo importante” porque “millones” de personas han tenido que teletrabajar y esta modalidad estaba “muy desregulada en España”.

Señaló que se aprobará como real decreto-ley y se tramitará como proyecto de ley y destacó de la norma que el coste del teletrabajo lo sufragarán las empresas, mientras que “los costes sobrevenidos” como el alquiler o la wifi “se vincularán a través de la negociación colectiva”.

Por su parte, UGT también dio el visto bueno, después de consultar a los secretarios de Política Sindical de todas sus organizaciones.

El texto acordado mantiene en el 30% durante tres meses la jornada mínima de teletrabajo que se debe realizar para aplicarse la norma.

El trabajo a distancia será voluntario para el trabajador y para la empresa, tendrá carácter reversible y requerirá de un acuerdo por escrito firmado.

Dicho acuerdo deberá contener, entre otros aspectos, el inventario de los medios, equipos y herramientas necesarias para teletrabajar; una enumeración de los gastos que pudiera tener el empleado y la forma de cuantificar la compensación que “obligatoriamente debe abonar la empresa”; el horario del trabajador; el porcentaje y distribución, en su caso, entre trabajo presencial y a distancia, y las instrucciones dictadas por la empresa sobre seguridad en la información y protección de datos.

“El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral”, según el texto.

Por su parte, la empresa podrá acordar “las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales”.

Para las empresas que implantaran el teletrabajo como medida excepcional por la pandemia, “le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria”. “En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario”, según la ley.

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