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McDonald’s pierde el derecho exclusivo a utilizar la marca ‘Big Mac’ en Europa

El Tribunal General de la UE –en primera instancia del TJUE– ha revocado este miércoles el derecho de la cadena de comida rápida estadounidense McDonald’s a utilizar en exclusiva la marca ‘Big Mac’ por no demostrar su uso efectivo en la Unión durante un período ininterrumpido de cinco años respecto de determinados productos y servicios.

Esta sentencia es el resultado de un litigio que se remonta a 2017, cuando la cadena de comida rápida irlandesa Supermac’s presentó una solicitud de caducidad de la marca, que fue registrada a favor de McDonald’s en 1996, con respecto a determinados productos y servicios.

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) estimó parcialmente esa solicitud en 2019 pero confirmó la protección otorgada a McDonald’s por la marca ‘Big Mac’, en particular, respecto de los platos a base de productos de carne y aves y los sándwiches de carne y de pollo.

Además, avaló su asociación con los servicios prestados o relacionados con la explotación de restaurantes y otros establecimientos o instalaciones de restauración para el consumo y para la compra desde automóviles (drive-in) y con la preparación de comidas para llevar.

Sin embargo, en su fallo de este miércoles, el Tribunal General anula y modifica parcialmente la resolución de la EUIPO y limita aún más la protección otorgada a McDonald’s por la marca ‘Big Mac’, ya que considera que McDonald’s no ha demostrado que dicha marca haya sido objeto de un uso efectivo, en concreto, en lo que se refiere a productos como sándwiches de pollo, platos a base de productos de aves y rechaza entender ‘Big Mac’ como sinónimo de los propios servicios y restaurantes de la cadena estadounidense.

De este modo, McDonald’s pierde sus derechos exclusivos sobre la marca ‘Big Mac’, lo que permitirá a otras cadenas y compañías hacer uso de esta denominación para designar sus productos en el territorio de la UE.

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