El inqulino podrá deducirse del alquiler las reformas

Entre las novedades aprobadas por el Gobierno está el ya anunciado cambio en la regulación de procedimiento de desahucio, que se podrá llevar a cabo en 10 días si el inquilino no paga los atrasos ni presenta alegación alguna. Hasta hora, podía paralizar el desahucio en cualquier momento abonando esa cantidad pero eso ya no bastará. Además, se agiliza el procedimiento judicial ya que el  podrá finalizarse con un auto del Juez en lugar del decreto del secretario judicial necesario hasta ahora.

El texto de la reforma también incluye la eliminación de los impuestos a las empresas de gestión de alquileres que cotizan en bolsa, las denominadas Socimi. Además hay medidas que, seguro, gustarán a los inquilinos, como la posibilidad de deducir del alquiler las reformas y mejoras llevadas a cabo por ellos en el domicilio. Otras, serán mejor recibidas por los propietarios. Entre ellas, el hecho de poder recuperar su vivienda sin necesidad de que esté previsto en el contrato de arrendamiento si hubieran transcurrido cinco años desde su firma, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge tras el divorcio o nulidad. El único requisito será avisar dos meses antes.  Según la ministra de Fomento, Ana Pastor, todos estos cambios buscan "flexibilizar, mejorar y estimular el raquítico mercado del alquiler".